
¡Dinero inesperado! Desde el 31 de marzo de 2026, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha establecido que las personas naturales (sin negocio) presenten su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2025, y así corroborar si tienen saldo a favor o, en otro caso, deben alguna deuda a la entidad.

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Los contribuyentes deben presentar su Declaración Jurada mediante vía digital. Este proceso es sencillo debido a que consta del envío del Formulario Virtual N.° 709; puedes encontrarlo en la página web de SUNAT o en el aplicativo móvil APP Personas.

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De acuerdo con lo establecido por la entidad reguladora, las fechas límite para presentar la Declaración de Renta 2025 varían según el último número del RUC de los solicitantes. A continuación, te presentamos el cronograma establecido:
| Último dígito del RUC y otros | Fecha de vencimiento |
|---|---|
| 0 | 27 de mayo de 2026 |
| 1 | 28 de mayo del 2026 |
| 2 | 29 de mayo del 2026 |
| 3 | 1 de junio del 2026 |
| 4 | 2 de junio del 2026 |
| 5 | 3 de junio del 2026 |
| 6 | 4 de junio del 2026 |
| 7 | 5 de junio del 2026 |
| 8 | 8 de junio del 2026 |
| 9 | 9 de junio del 2026 |
| Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 10 de junio del 2026 |
Como bien lo indica SUNAT, las personas que pueden presentar el Formulario Virtual N.° 709 son las personas naturales sin negocio que durante el año 2025 hayan registrado los siguientes ingresos:
Periodista especializada en ciencia, tecnología y salud. Bachiller en Periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en El Popular, interesada en temas relacionados con estudios científicos, eventos astronómicos, hallazgos y más.