
A partir de este miércoles 21 de enero, muchos motociclistas deberán cambiar su rutina. La Policía Nacional del Perú (PNP) empezará a sancionar a quienes circulen en moto con dos personas a bordo dentro de zonas declaradas en estado de emergencia, una medida que busca reforzar la seguridad en Lima y Callao.
La norma ya está en vigencia y trae consigo multas elevadas, puntos en el récord del conductor y posibles sanciones mayores en caso de reincidencia. Por eso, es importante que los usuarios de motocicletas conozcan qué está permitido y qué no antes de salir a las calles.

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Aunque la disposición rige desde el 20 de enero, la PNP comenzará a imponer sanciones desde el miércoles 21, según informó el general Humberto Alvarado López, director de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial.
El alto mando explicó que hubo un periodo previo de información para que la ciudadanía conozca la medida. Ahora, la fiscalización será efectiva en los distritos donde continúa el estado de emergencia.
Durante un operativo en San Isidro, Alvarado señaló: “Estamos en una etapa de sensibilización y comunicación, pero a partir del miércoles 21 ya serán aplicables las sanciones pecuniarias. Esperamos la colaboración de la ciudadanía, porque la seguridad es tarea de todos”.

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La infracción no es menor. Si un conductor es intervenido llevando a un acompañante en una zona restringida, recibirá:
Pero si vuelve a cometer la falta, la sanción aumenta:
Estas penalidades forman parte del nuevo esquema aprobado para controlar el tránsito en contextos de emergencia.
El objetivo está ligado a la seguridad ciudadana. La PNP explicó que muchos delitos como el sicariato y la extorsión suelen cometerse usando motocicletas con dos ocupantes, lo que facilita la huida.
El general Alvarado precisó que la medida no busca recaudar dinero:
el enfoque es prevenir hechos criminales y proteger a la población en zonas donde la violencia ha aumentado.
Por ello, la Policía de Tránsito realizará operativos permanentes en Lima norte, sur, centro y este, además del Callao.
Rafael Rivera, especialista legal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), explicó que la restricción no es nueva. Fue establecida en octubre por la Presidencia del Consejo de Ministros.
Sin embargo, recién con el Decreto Supremo N.º 002-2026-MTC, publicado el 15 de enero, se definieron la infracción y la sanción correspondiente.
En declaraciones a Andina, indicó que antes no existía una consecuencia legal clara para quienes incumplían la medida.
Además, el estado de emergencia fue prorrogado por 30 días mediante el Decreto Supremo N.º 006-2026-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, aplicándose en Lima Metropolitana y el Callao.
El decreto también establece una responsabilidad adicional. Si la motocicleta está registrada a nombre de otra persona o empresa, el propietario podrá ser considerado responsable solidario cuando se cometa la infracción.
Esto significa que no solo el conductor debe estar atento, sino también quienes prestan o administran el vehículo.
El especialista del MTC recordó que la norma no se limita únicamente a las motos. Todas las restricciones de tránsito dispuestas durante un estado de emergencia pueden generar sanciones si no se cumplen.
Por eso, las autoridades recomiendan a conductores y pasajeros mantenerse informados, revisar las disposiciones vigentes y circular con responsabilidad para evitar multas, puntos en el récord y problemas mayores.
Periodista especializada en actualidad y tendencias. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en Popular. Interesada en temas relacionados con actualidad nacional e internacional, virales en tendencia y más.