
A partir del miércoles 21 de enero, circular en motocicleta con un pasajero estará prohibido en zonas declaradas en estado de emergencia. La medida, dispuesta por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, introduce multas, acumulación de puntos en la licencia y la pérdida de beneficios por pronto pago para quienes reincidan.

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La restricción forma parte del Decreto Supremo N.° 002-2026-MTC, publicado el 15 de enero y aplicado de manera simultánea al nuevo estado de emergencia en Lima y Callao.
La norma establece un régimen progresivo de multas para quienes incumplan la prohibición:
Además del conductor, el propietario de la motocicleta —o la empresa, si la unidad está registrada a su nombre— puede ser considerado responsable solidario del pago. La fiscalización estará a cargo de la Policía Nacional del Perú, en coordinación con el MTC y las municipalidades.
Decreto supremo que establece normas sobre dos personas sobre una motocicleta
El decreto también endurece las sanciones para quienes interrumpan o bloqueen el tránsito durante una situación de emergencia, ya sea con motocicletas o cualquier otro vehículo.
Esta penalidad no depende de cuántas personas viajen en la moto, sino de la acción de obstaculizar la vía, incluso en protestas o concentraciones no autorizadas.
Periodista especializada en temas sobre actualidad, policiales e internacionales. Egresada de la Universidad Jaime Bausate y Meza que forma parte del Grupo La República desde el 2017 en marcas como La República y Wapa.