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Año Nuevo 2026: ¿Te corresponde salir temprano este 31 de diciembre? Esto dice Sunafil

Conoce lo que establece el marco legal vigente sobre la jornada laboral del último día del año y cuáles son las reglas que deben cumplir las empresas en el sector público y privado.

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Año Nuevo 2026: ¿Te corresponde salir temprano este 31 de diciembre? Esto dice Sunafil. | Difusión

A unos días de finalizar el año, cientos de trabajadores peruanos deberán acudir a sus centros de trabajo durante el 31 de diciembre, debido a que esta fecha no está reconocida como feriado ni día no laborable acorde al calendario oficial.

No obstante, surge la duda de si durante este día los trabajadores, ya sea del sector público o privado, deberán cumplir con la jornada de 8 horas. ¿Es legal esta medida? En este artículo te comentamos qué dicen las normativas legales de Sunafil.

¿Se trabajan las 8 horas este 31 de diciembre o hay salida temprana? Esto dice la normativa oficial

De acuerdo a Sunafil, la conocida "media salida" o la salida anticipada antes de las festividades de medianoche no son un derecho exigible por ley, sino una decisión voluntaria del empleador. Usualmente, en estas fechas muchas empresas optan por entregar facilidades en los horarios, como permitir la salida al mediodía como un gesto de buena voluntad.

No obstante, si el empleador opta por mantener la jornada completa durante el día, el trabajador no podrá negarse ni reclamar esta normativa como incumplimiento legal. Asimismo, durante el 1 y 2 de enero del 2026 han sido declarados como feriados nacionales y remunerados para todos los trabajadores. Si trabajas durante estas fechas, tendrás derecho a recibir un pago triple.

¿Qué hacer si mi empleador me exige trabajar durante el 1 de enero sin compensación alguna?

En este caso, Sunafil revela que el incumplimiento del descanso remunerado en feriados nacionales constituye una infracción grave dentro del trabajo, ya que el empleador está obligado por ley a brindar un descanso sustitutivo en otra fecha o pagar un adicional del 100% por la labor realizada, además de la remuneración del día incluido.

De no cumplir con esta normativa, el trabajador deberá presentar una denuncia ante la Intendencia de Inspección del Trabajo de manera virtual o presencial. Esto representa una multa drástica para las empresas que vulneren este derecho.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en ciencia, tecnología y salud. Bachiller en Periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en El Popular, interesada en temas relacionados con estudios científicos, eventos astronómicos, hallazgos y más.

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