
Durante las celebraciones por Fiestas Patrias, muchos trabajadores del sector público y privado deberán continuar con sus labores los días 28 y 29 de julio, a pesar de que son feriados nacionales. De acuerdo con la legislación vigente, aquellos que trabajen en estas fechas sin recibir un descanso compensatorio tienen derecho a una remuneración especial. Este beneficio económico busca reconocer el esfuerzo de quienes no pueden detener sus funciones durante estos días festivos. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.

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La normativa peruana indica que si un trabajador presta servicios durante un feriado sin descanso sustitutorio, le corresponde un pago triple por ese día. Este monto incluye su sueldo diario, más una bonificación del 100 %.
Es decir, si su salario es de S/100 al día, deberá recibir S/300 por jornada trabajada. Esta medida aplica tanto al 28 como al 29 de julio, y está diseñada para compensar la jornada laboral en días que por ley son de descanso obligatorio.

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Si el feriado del 28 o 29 de julio coincide con el día de descanso semanal del trabajador, como un domingo, la ley no contempla pagos adicionales. En ese caso, solo se reconoce el descanso habitual, sin ningún incremento en la remuneración. Por ello, es importante identificar si se trabajará efectivamente durante los feriados, ya que solo así se genera el derecho a recibir el pago especial correspondiente.
Periodista especializado en actualidad, vida y deportes. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados como economía, coyuntura nacional e internacional, trucos caseros y educación.