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HOY

Jueces que duermen en plena audiencia sin sanción hasta ahora

Pestañean a vista y paciencia de abogados, litigantes y público, pero autoridades no los castiga hasta hoy.

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Emblemáticos los casos son iniciados en junio de 2023 en las cortes de Lima y Callao, donde jueces duermen en plena audiencia y frente a los abogados, litigantes y público.

Pese al tiempo transcurrido, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial (antes OCMA) no cumple las acciones disciplinarias prometidas contra jueces acusados de conducta indebida en el ejercicio de sus funciones, los llamados “jueces dormilones”. De ellos, son emblemáticos los casos, iniciados en junio de 2023, contra los magistrados César Augusto Vásquez Arana y Juan Antonio Rosas Castañeda, de las cortes de Lima y Callao, por pestañear en las audiencias a vista y paciencia de abogados, litigantes y público.

La dilación en aplicar una sanción es una señal preocupante sobre la seriedad con la que se manejan las faltas dentro del sistema judicial. Los casos en cuestión, ampliamente documentados y viralizados en redes, mostraron a los magistrados durmiendo durante audiencias críticas, un comportamiento que socava la dignidad y la eficiencia esperada de los administradores de justicia.

LA VIDA ES SUEÑO. La actitud de los jueces dormilones no solo refleja una posible preconcepción en los casos que manejan sino también constituye una negligencia en el cumplimiento de sus funciones, lo que levanta serias dudas sobre eficacia de la justicia preventiva y el trato a los acusados. La falta de atención durante las audiencias es indicativa de un sistema que requiere de reformas profundas y mecanismos de control más efectivos.

El desconcierto se agrava cuando el juez Juan Antonio Rosas Castañeda omite el cálculo del tiempo que una persona ha permanecido en prisión preventiva al momento de dictar sentencia. Este hecho no solo es alarmante, sino que también puede interpretarse como una transgresión de los estándares internacionales de justicia.

¿QUÉ DICE LA CIDH? La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha enfatizado que la prisión preventiva es la medida más severa contra alguien acusado de un delito, y por ello su aplicación debe ser excepcional y estar estrictamente delimitada por el principio de legalidad y la omisión de este tiempo de reclusión anticipada en la sentencia final no solo socava la confianza en la imparcialidad y la equidad del sistema judicial, sino que también podría constituir un caso de prevaricato, una falta gravísima que implica la emisión de un fallo injusto por parte de un juez.

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