De seas viajar con tus hijos menores de edad y no sabes qué trámites debes hacer. En esta nota conoce que procedimientos debes seguir, según la Superintendencia Nacional de Migraciones.
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De acuerdo con la entidad, si deseas viajar al extranjero con tu hijo debes seguir las normas establecidas en el artículo 139° del Reglamento de la Ley de Migraciones, escrita en el Decreto Legislativo 1350.
En ella menciona que si un padre desea viajar con su hijo (a) debe tener la firma autorizada del otro progenitor. También debe detener una carta poder donde indica que está autorizando el viaje del menor.
En el caso que uno de los padres ha fallecido, se debe presentar una copia simple del acta de defunción correspondiente y el acta de nacimiento del menor.
Por otra parte, si uno de los padres no ha reconocido al hijo, el otro progenitor debe presentar una copia simple del acta de nacimiento del menor. En el caso que uno de los padres este en el extranjero, se debe presentar la firma autorizada del cónsul peruano y un documento legalizada por la cancillería.
Cabe mencionar que estas autorizaciones tienen una vigencia de 90 días ordinarios y solo pueden ser aplicadas una vez.
Si los padres están separados y se encuentran en un proceso legal. Uno de los padres puede sacar a su hijo si presenta una solicitud de autorización de viaje de menores ante un Juzgado de Familia e iniciar un proceso judicial.
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En ese sentido, el padre de familia deberá nombrar un apoderado que la represente durante el proceso legal y contar con la asesoría de un abogado para realizar la autorización de viaje al extranjero.
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