El fallecimiento de un familiar o alguien que conocemos siempre genera sentimientos de profunda tristeza y muchas veces tocar el tema de la herencia es totalmente secundario. Sin embargo, necesario pues es deber de los familiares hacer cumplir los deseos que quienes estuvieron en vida con ellos. De acuerdo a información del Reniec más 240 mil personas fallecieron en el 2022.
En ese sentido, hay algunos casos en el que la persona que ya no está en este mundo, no tiene hijos, por lo que muchos se preguntan ¿Y quién se queda con la herencia? Pues en la siguiente nota te contamos todos los detalles sobre qué se hace y quiénes son los beneficiarios en este particular caso.
En el caso que el difunto no haya dejando algún documento antes de su muerte señalando quiénes heredan sus bienes, pues hay muchas interrogantes de por medio. Es por ello, que en declaraciones al diario La República, Lorena Meza, abogada abocada a temas de familia, señaló lo siguiente.
Si no hay un descendiente directo del finado, las leyes del derecho de suceción prioriza a la conyuge supérstite y a los consanguíneos ascendientes. En esa línea la primera figura es el consorte “sobreviviente”, como define la especialista. Entre esta persona y los padres se reparten la mitad de lo material.
Según precisa al medio la letrada en ese caso, recién los colaterales o incluso cualquier otro familiar, desde el más cercano al más remoto, podrían solicitar la herencia. Asimismo, si ni los herederos forzosos ni ninguno otro reclama su derecho a la herencia, el Estado sería el propietario, sería quien sea adjudicaría los bienes o el patrimonio del causante, remarca Meza.
El testamento es un documento importante que deja una persona antes de fallecer. Crédito: Villena Abogados.
De acuerdo a las declaraciones en La República de Domingo Rivarola, especialista en Derecho Civil y docente universitario, expresó que sí es posible heredar a cualquier persona, independientemente de si es o no familiar, pero también existen herederos forzosos. El monto no puede ser más del tercio de los bienes. Es decir, solo podría heredar el 33% de sus bienes a una persona ajena a su familia.
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Si el difunto no dejó algún documento de herencia y tienes hijos o esposa, pues se deberá tramitar la suceción intestada ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), aquí te damos los requisitos que debes presentar.
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