
Este sábado 6 de agosto ha sido declarado como un nuevo feriado bajo la Ley Nº 31530 con el fin de conmemorar la batalla de Junín. Sumando este día el Perú tiene un total de 14 feriados, por lo que los trabajadores y las empresas deberán de tomar en cuenta algunos aspectos relacionados con el descanso y a lo económico.
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Es por ello que a continuación te damos a conocer cuánto recibirás si trabajas el día 6 de agosto, ¿será un doble o triple pago? Y además, descubre cuál es el otro feriado que tiene este mes. Todos los detalles en la siguiente nota.
La batalla de Junín, que fue únicamente con caballerías usando armas blancas, se llevó a cabo en la pampa del mismo nombre, llamada la Meseta de Bombón, que está ubicada en la zona centro del Perú, en la región juniense, a orillas del lago llamado Chinchaycocha, situado a 4000 m s. n. m.
Toda la lucha duró aproximadamente 45 minutos y las bajas del ejército realista del norte fueron significativas: 254 muertos y heridos y 80 prisioneros. Mientras los patriotas tuvieron 145 fallecidos. Tras el final, el general Simón Bolívar, en reconocimiento a la caballería peruana, le cambió el nombre de Húsares del Perú a Húsares de Junín. Cabe precisar que esta batalle es un complemento a la Batalla de Ayacucho, ya que sin ambas no se huebiera sellado la independencia del Perú.
¡Presta atención! Si trabajas el 6 de agosto recibirás un doble pago a fin de mes y esto aplica para el sector público como el privado. Recuerda que el pago total de tu salario incluye todos los días feriados del mes, por lo que el primer pago del 6 de agosto ya está cubierto. No obstante, si trabajas en esta fecha, toma en cuenta que recibirás un doble pago tal como lo indica la legislación.
Si acordaste con el empleador en trabajar el feriado 6 de agosto y descansar otro día como reemplazo de este, entonces deberás de tomar en cuenta que no recibirás ningún pago extra al común que percibes mes a mes. Recuerda que solo aquellos que laboren y no tengan un día extra de descanso podrán hacer el cobro de la doble remuneración.
Según, lo establecido por el Tribunal de Fiscalización Laboral establece que los trabajadores que laboren en días feriados, sin recibir descanso sustitutorio, por ello, deben recibir tres remuneraciones por cada día laborado por parte de su empleador.
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