El Gobierno, a través del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), publicó el día de hoy en el diario oficial El Peruano el decreto supremo 005-2022-MIMP. Éste incluye a la lista de modalidades de violencia de género, la desaparición de mujeres y menores por parte de malos elementos de la sociedad; así como la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes.
Asimismo, incluye la violencia en los servicios de salud sexual y reproductiva y el acoso durante el proceso judicial. Las modalidades de violencia están establecidas en el Reglamento de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Es así que el decreto modifica los artículos 6 y 8 del Reglamento.
A través de este cambio, el Perú se convierte en el primer país en América del Sur en reconocer expresamente como una forma de violencia de género a las desapariciones de mujeres.
Estas modificaciones responden a la Recomendación General N°2 del Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará, en el que se sugiere considerar la desaparición de mujeres llevada a cabo por particulares como una forma de violencia de género.
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