El Bono Escolaridad destinado a los trabajadores del sector público y privado se comenzará a entregar en enero y será otorgado por única vez. Cabe resaltar que este subsidio no tiene relación alguna con los Bono 210 soles y el Yanapay, así que no evita que seas uno de los beneficiarios. Por ello, en esta nota te daremos a conocer todos los detalles.
Ten en cuenta que no recibirán el beneficio económico las personas que tengan no menos de tres meses trabajando y quiénes no registren ese tiempo de labores serán compensamos de manera proporcional según los meses y días que están laborando.
El Bono por escolaridad es un apoyo económico que se les brinda a miles de trabajadores del sector público y privado como un apoyo para ayudarlos a cubrir los gastos escolares de sus menores hijos. Asimismo, no afecta los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro ni aportaciones al Sistema Privado de Pensiones.
El pago del Bono Escolaridad se pagará en el mes de enero; sin embargo, dependerá del cronograma que publique el Banco de la Nación para el sector público. Mientras que los trabajadores privados, podrán recibir el subsidio cuando la empresa empleadora les haga el pago de su sueldo.
El monto que se entrega a los sectores son distintos y no se paga mensualmente. Para recibirlo tienes que estar trabajando, o de vacaciones, en el momento que entró en vigor la norma. También haber estado laborando al menos tres meses que entró en vigor el reglamento.
La entrega de 400 soles como parte del bono Escolaridad se realizará según el cronograma de pagos de enero del Banco de la Nación, y el pago para los trabajadores del sector publico se dará mediante las cuentas de pago de planilla.
No hay un LINK de consulta para la lista de beneficiarios del Bono Escolaridad del 2022; sin embargo, si cumples con los requisitos puedes acceder al subsidio económico. Asimismo, apenas salga la relación de los cobros te lo haremos saber.
El Decreto Supremo 002-2021-EF precisa que esta disposición no alcanza a las personas contratadas bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS)
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