Desde el sábado 30 de octubre hasta el martes 2 de noviembre, el poder Ejecutivo estableció un feriado largo con el fin de impulsar el turismo interno. No obstante, hoy es día no laborable, pero sabes ¿en qué consiste y cuánto recibirás si trabajas? AQUÍ te lo decimos.
Cabe destacar que mediante el Decreto Supremo N° 161-2021-PCM, se declararon 6 días no laborables que son: 11 de octubre de 2021 (ya pasó); 2 de noviembre de 2021 (ya pasó); 24, 27 y 31 de diciembre de 2021; y 3 de enero de 2022.
Por otro lado, los feriados no son iguales a los días no laborables pues los primeros son remunerados, reconocidos por las normas de rango leal que no requieren ser compensados por los trabajadores. En cambio, los segundos son usualmente reconocidos en normas de rango infralegal y requieren que el trabajador compense esas horas.
En el caso que un trabajador público labore el día no laborable, solo recibirá su remuneración diaria regular pues no es un día feriado y no le corresponde el pago de conceptos adicionales ni descansos sustitutorios.
Si el trabajador labora en una empresa privada, el día no laborable tienen que acordarlo entre el empleador y trabajador, estos últimos podrán gozar de los días no laborables; sin embargo, posteriormente deberán de compensar las horas que no laboraron.
El empleador podría acordar el goce de los días no laborables solo con determinadas áreas de la empresa, garantizando que aquellas esenciales puedan continuar para que el negocio mantenga su funcionamiento regular.
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