Al encontrarse todas las provincias del Perú en alerta sanitaria moderada, el Ejecutivo dispuso una serie de medidas focalizadas para enfrentar la pandemia por COVID-19, como el caso de aforos, mismas que regirán desde el lunes 18 hasta el 31 de octubre, según lo indica el Decreto Supremo 159-2021-PCM publicado hoy en el diario El Peruano.
“Según el Nivel de Alerta por Provincia, hasta el 17 de octubre de 2021, las siguientes actividades económicas; así como, los templos y lugares de culto, tendrán el siguiente aforo (en todos los casos con protocolos y previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias)”, se logra leer en la norma.
Aforos para actividades en espacios cerrados
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 50 %
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60 %
- Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60 %
- Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100 %
- Casinos y tragamonedas: 50 %
- Cines y artes escénicas: 50 %
- Bancos y otras entidades financieras: 60 %
- Templos y lugares de culto: 50 %
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 60 %
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60 %
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60 %
- Eventos empresariales y profesionales: 60 %
- Peluquería y Barberia: 60 %
- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60 %
- Coliseos (vacunados con 2 dosis):20 %
- Gimnasios: 50 %
Actividades en espacios abiertos
- Artes escénicas
- Enseñanza cultural
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
- Baños termales al aire libre.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre.
- Mercados itinerantes.
- Estadios deportivos (vacunados con 2 dosis): 20 %
Actividades en espacios cerrados
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
- Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
- Casinos y tragamonedas: 40%
- Cines y artes escénicas: 40%
- Bancos y otras entidades financieras: 60%
- Templos y lugares de culto: 40%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
- Eventos empresariales y profesionales: 50%
- Peluquería y Barberia: 50%
- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
- Coliseos: 0%
- Gimnasios: 40%