La Corte Superior de Justicia de Lima señaló hoy que el 11° Juzgado Constitucional declaró inadmisible el Habeas Data interpuesto contra la ONPE por Fuerza Popular. Por medio de este recurso, Fuerza Popular solicita al organismo electoral la lista de electores por mesa de sufragio utilizada en la segunda vuelta de las Elecciones 2021.
"Declarar INADMISIBLE la demanda concediendo el plazo de TRES días, para la subsanación de las deficiencias advertidas en los considerandos precedentes", resolvió la Corte Superior de Justicia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 48° del Código Procesal Constitucional.
Acerca de la subsanación, la Corte Superior de Justicia, indica que de la revisión de la demanda y anexos presentados se aprecia que la demandante Liliana Milagros Takayama Jiménez indica ser la representante del partido político Fuerza Popular; "Lo cual, no acredita formalmente, al no presentar documento alguno que sustente su dicho", aseguró la Corte Superior de Justicia.
Cabe precisar, que en la resolución la demandante se presentó como Liliana Milagros Takayama Jiménez y no como Fuerza Popular. "Por lo que, deberá aclarar presentando copia certificada de la inscripción de mandatos y poderes con una antigüedad no mayor a tres meses", detalla la resolución.
"Asimismo, de los anexos presentados no se aprecia que haya adjuntado el cargo de presentación electrónica sobre solicitud que fue ingresada por mesa de partes el 12 de junio del 2021, lo cual deberá presentar", agrega.
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