Luego de un extenso debate, el Pleno del Congreso de la República aprobó la reforma constitucional que elimina la inmunidad parlamentaria a fin de que los legisladores que hayan cometido delitos comunes durante el ejercicio de sus funciones pasen a ser competencia de la Corte Suprema de Justicia. Asimismo, en caso de comisión de delitos antes de asumir el mandato, es competencia del juez penal ordinario, según señala la norma.
Con 113 votos a favor, 14 en contra y 3 abstenciones, el hemiciclo aprobó modificar el artículo 93 de la Constitución que establecía que los congresistas "no pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante"
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Con esta modificación, el nuevo artículo 93 de la Carta Marga establece que los legisladores "El procesamiento por la comisión de delitos comunes e imputados a congresistas durante el ejercicio de su mandato, es competencia de la Corte Suprema”, según explicó el presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade.
Sin embargo, mantiene que los legisladores "No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones".
Asimismo, Chehade también incluyó dentro del texto sustitutorio la propuesta sugerida por el parlamentario Luis Roel Alva (Acción Popular), el cual señala que “los magistrados del Tribunal Constitucional y el defensor del Pueblo gozan de las mismas prerrogativas que los congresistas”.
Luego de aprobarse la reforma que elimina la inmunidad parlamentaria, el Pleno deberá ratificar esta modificación de la Constitución en una próxima legislatura con más de 87 votos a favor para que pueda entrar en vigencia. De darse ello, también se desactivará la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria, que en la actualidad está presidida por el Frente Amplio, agregó Omar Chehade.