El Poder Judicial de Tarapoto condenó a la máxima pena de cadena perpetua contra Wilter Tercero Yahuarcani Pashanasi por abusar sexualmente de su sobrina política de seis años de edad en su vivienda de dicha provincial, el año 2019.
Durante la investigación a cargo de la fiscal adjunta María Isabel Julca Vilcarromero se logró demostrar que el 30 de agosto del 2019 el sentenciado, quien era esposo de la tía materna de la niña, aprovechó que vivía en el mismo domicilio de la víctima para cometer el delito.
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El fallo judicial fue dictado por el Colegiado de la ciudad de Tarapoto, luego de analizar los medios probatorios acreditados por el Ministerio Público en audiencia de juicio oral, como el acta de denuncia interpuesta por la madre de la agraviada, entrevista en cámara Gesell, pericia psicológica de la menor de edad, entre otras pruebas que determinaron la responsabilidad del inculpado.
Cabe precisar que, durante el proceso penal, la agraviada recibió atención por parte de los profesionales de la Unidad de Asistencia a Víctimas y Testigos (Udavit) de Moyobamba, con el fin de ayudarla a superar la afectación psicológica ocasionada por los hechos que fueron materia de investigación.
El procesado Wilter Tercero Yahuarcani Pashanasi continuará recluido en el establecimiento penitenciario de Moyobamba, donde cumplía 15 meses de prisión preventiva, tras ser detenido en flagrancia, al encontrársele culpable por el delito de violación sexual a menor de edad.
Según el Código Penal, en su artículo 173 "violación sexual de menor de edad", señala que quien cometa estos actos tendrá penas en dos circunstancias, si la víctima es menor de 10 años, la pena será de cadena perpetua y si la víctima tiene de 10 hasta 14 años, se le impondrá no menos de 30 años ni más de 35 años de cárcel.
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Además, el código especifica que si el agresor tiene una posición, cargo o vínculo familiar que le dé autoridad sobre la víctima (padre, apoderado), la pena será de cadena perpetua. Esta misma figura se repite si es que como consecuencia de la violación se produce la muerte de la menor.