Medidas. Mucho se ha hablado del coronavirus y de su impacto en el país; sin embargo, no se ha terminado de explicar por qué no se puede divulgar la información personal de los ciudadanos infectados o de los fallecidos. En esta nota te lo detallamos.
De acuerdo a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANDP) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), difundir dicha información podría causar daños psicológicos en los afectados por el Covid – 19.
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Por esa razón, el sector ha decidido multar a todos los que difundan información sin el consentimiento de las víctimas. Las sanciones podrían ir desde los S/21 500 hasta los S/215 000.
Tras esto, las personas quedan prohibidas de revelar datos como nombres, dirección, historial clínico, entre otros. La multa también se aplicará si la información empieza a rondar por las redes sociales o cualquier otro medio de comunicación.
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¿Y si el paciente es dado de alta? Igual, los datos siguen siendo confidenciales. En el caso de que el paciente quiera revelar su identidad por iniciativa propia o quiera contar otros detalles, tendrá que comunicarlo mediante un documento escrito.
Si alguno de los lectores quiere más detalles al respecto, la ANDP ha implementado un correo electrónico protegetusdatos@minjus.gob.pe junto a una línea gratuita de consultas telefónicas: 2048020, anexo 1030.