Una madre y una niña fueron salvajemente atacadas por un perro de raza pitbull, quien a su vez era maltratado por su dueño y vivía en condiciones infrahumanas, en el Callao.
El ataque a la mujer identificada como Maribel Riega de Lobos y a su menor hija ocurrió en una vivienda ubicada en la avenida Agustín Gamarra 237 en Chucuito, en el mencionado distrito. Las agraviadas fueron trasladadas de inmediato a una clínica local donde permanecen en observación.
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Fueron los agentes de la Policía Nacional quienes amarraron al pitbull para evitar que siga atacando a más personas. Sin embargo, una vecina, afirmó que el dueño del animal, el señor Ronald Riega, al conocer el incidente que ocasionó su can, amenazó con matarlo, para que no haga más daño.
La vecina, afirma que el señor maltrata al perro y que lo utiliza solo para reproducirlo y vender sus crías.
Al parecer siempre lo dejaba dormido, pero este jueves el animal reaccionó y mordió a la mujer y la niña.
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Pero ¿qué indica la ley sobre los perros considerados potencialmente peligrosos?
El Régimen Jurídico de Canes - Ley N° 27596 regula el adiestramiento, comercialización, tenencia y transferencia de canes potencialmente peligrosos está vigente desde el año 2001 y considera potencialmente peligroso “a la raza canina, híbrido o cruce de ella con cualquier otra raza del America Pitbull Terrier” comúnmente conocido como pitbull.
La ley prohibe la organización y realización de peleas de canes y el adiestramiento de canes dirigido a reforzar su agresividad. Está mala práctica es condirada “muy grave”y es sancionada con multas hasta de 2UIT.
Asimismo, el dueño de la mascota debe ser mayor de edad y estar psicológicamente apto para poseer un can peligroso. Debe contar con una constancia de un psicólogo colegiado y no haber sido sancionado por incumplir esta ley en los tres años anteriores.
La ley es clara, no se permite a estos canes pasear sin correas de seguridad ni bozal. “Conducir necesariamente por cualquier lugar público a los canes con correas cuya extensión y resistencia sean suficientes para asegurar el control sobre ellos. En el caso de canes considerados potencialmente peligrosos, deben conducirse adicionalmente con bozal”.
Si se incumple la ley se podría multar hasta con 1 UIT. En cuanto al maltrato animal, las multas oscilan entre 15% de 1 UIT (S/.577.5) para personas naturales y 20% de 1UIT para personas jurídicas (S/ .770).
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