
La jueza del Poder Judicial, María del Carmen Bless Cabrejas dictó 9 meses de prisión preventiva contra tres integrantes de una banda que secuestraron a una adolescente de 17 años, luego la trasladaron en un vehículo hasta su vivienda de Pueblo Libre, para robarle el dinero de sus padres, su laptop, entre otras cosas de valor. El hecho ocurrió el pasado 20 de febrero.
La magistrada del 20 Juzgado Penal de Lima, dictó prisión contra Víctor Andrés Díaz Damián y los hermanos, Alexander Ulises Bardales Acuña y Cristian Bardales Acuña, tras sindicarlo como autores de los delitos de robo agravado y secuestro, quienes actuaron con premeditación y planificaron llos hechos.
Por ellos interceptan a la menor en Jesús María y uno de ellos la agarra de la mano aduciendo ser su enamorado mientras que con la otra la amenazaba con una pistola que llevaba ocultó en un morral y luego la traslada hasta el vehículo para conducirla hasta su vivienda de Pueblo Libre donde la obligaron a sacar todas sus cosas de valor.
Asimismo, ordenó el internamiento Víctor Andrés Díaz Damián a un centro penitenciario que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), designe y se proceda con la inmediata ubicación y captura de los hermanos procesados Alexander y Cristian Bardales Acuña quienes participaron en el asalto y robo a la menor y no acudieron a la audiencia de prisión preventiva.
La magistrada acusa también al imputado Cristian Bardales por el delito de tocamientos indebidos en agravio de la menor de 17 años de edad, de clave 0037-2019, esto ocurrió cuando la menor viajaba en el vehículo donde era secuestrada por la banda criminal. Asimismo hicieron que se despida como si fuera su enamorada para no levantar sospecha ante el público.
La resolución, indica que existen fundados y graves elementos de convicción que vinculan razonablemente, al denunciado como autor de los delitos de robo agravado, secuestro y tocamientos indebidos, así como son el acta de intervención policial el pasado 20 de febrero.
Agrega, que debe considerarse que la probable pena a imponerse a los procesados será superior a los cuatro años de pena privativa de la libertad, lo cual motivaría el rehuir la acción de la justicia (siendo que ante la sumatoria de penas se le imponga la sanción de 35 años de prisión).
Indica además, que se debe valorar que la agraviada es menor de edad, que los hechos materia de imputación atentaron contra su libertad individual, su patrimonio, su libertad sexual y además causaron afectación en su vida diaria, pues la conllevaron a presentar sentimientos de tristeza y verguenza al rememorar los sucesos y viene presentando alteración del sueño y del apetito, así como ansiedad frente a nuevas represalias de sus agresores, todo lo anterior perjudica el desarrollo de sus actividades cotidianas.
Durante la audiencia, el representante del Ministerio Público, presentó varias pruebas como la declaración del imputado Víctor Andrés Díaz Damián quien indica que la forma de como ocurrieron los hechos y que fue bajo la modalidad del “cuento de la cascada”, aduce que la menor no fue secuestrada ni se cometió el delito de robo.
MIRA TAMBIÉN: Denuncian que 16 niñas fueron pinchadas por una misma aguja en clase de ciencias [VIDEO]
También presentó otras pruebas, como la declaraciones de testigos, de la menor agraviada en la cámara Gesell que identifica a imputado y los videos de las cámaras de vigilancia de la municipalidad donde se aprecia a los inculpados con la agraviada que abordan el vehículo.
Revisa todas las noticias escritas por el staff de redactores de El Popular.