La comisión de Justicia del Congreso aprobó el proyecto de ley que permitirá al titular de un inmueble, dueño o arrendador, desalojar al inquilino moroso que no pague como mínimo dos meses de renta, con tan solo la tramitación de una carta notarial.
De acuerdo con el proyecto de ley, “ante el incumplimiento de pago o vencimiento del contrato (sin retiro del inquilino), el propietario podrá ir a un notario y demostrar que quien ocupa el inmueble no ha cumplido".
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La iniciativa fue elaborada por el ministro de Vivienda, Carlos Bruce, quien se presentó en la sesión de la comisión de Justicia para explicar el contenido de la propuesta.
Esta acción tendrá que ser verificable, pues todo debe ser bancarizado. “Si hay incumplimiento, basta que demuestre el estado de cuenta donde no haya el abono y el notario dará fe de ese incumplimiento”, indica.
El planteamiento fue debatido en sesión conjunta por las comisiones de Justicia y Vivienda, quedando esta última pendiente por falta de quorum.
La finalidad es que el desalojo notarial permita al Estado agilizar los procesos del desalojo, reduciendo la carga procesal que hay en los juzgados.
-Vencimiento del plazo del contrato o arriendo.
-Incumplimiento de pago de la renta. Para determinar ese hecho, el notario considera las constancias de transferencia o depósitos de pago a la cuenta señalada en el contrato hasta antes de recibir la carta notarial requiriendo la devolución del inmueble.
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Esta modalidad de desalojo, que permitirá a los propietarios, arrendadores o administradores recuperar su inmueble, debe ser ratificado en el pleno del Congreso para entrar en vigencia.
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