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Poder Judicial rechazó traslado de restos de terroristas del mausoleo de Comas

El Poder Judicial de Lima Norterechazó el pedido de exhumación y traslado de los restos de ocho terroristas que fallecieron durante el motín en el penal El Frontón en 1986, que se encuentran sepultados en el mausoleo de Comas, a otro cementerio

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Poder Judicial rechazó traslado de restos de terrorisas del mausoleo de Comas

El Poder Judicial de Lima Norte rechazó el pedido de exhumación y  traslado de los restos de ocho terroristas que fallecieron durante el motín en el penal El Frontón en 1986, que se encuentran sepultados en el mausoleo de Comas, a otro cementerio de la capital.

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La jueza de Lima Norte, Beatriz Elena Ormeño Chirinos, no admitió la solicitud del municipio de Comas para trasladar los restos de las víctimas porque la municipalidad no subsanó todas las omisiones observadas en su petitorio.

Una de las omisiones advertidas es que la municipalidad de Comas no cumplió en corregir con las notificaciones cursadas a los ocho deudos de las víctimas cuyo traslado había solicitado, sino notificó la decisión a Miguel Canales quien es presidente de la Asociación de Familiares de Desaparecidos y Víctimas de Genocidio (Afadevig).

La magistrada indicó que la Ley de Cementerios y el Código Civil establecen claramente que es requisito principal para la exhumación de los restos la solicitud de los ocho familiares, lo cual no ha ocurrido en este caso. “Hacer lo contrario, significaría ir contra la ley”, Indicó.

En su resolución, la magistrada indica que el municipio pretende dar por cumplido este requerimiento solo con la presentación de la constancia de notificación al presidente de la Asociación de Familiares de Desaparecidos y Víctimas de Genocidio (Afadevig), Miguel Ángel Canales Sermeño.

Sin embargo, la norma, señala que se debió notificar a cada uno de los familiares de las víctimas.

 “Al no haber sido notificados a los familiares directos de las ocho personas enterradas en el cementerio 11 de julio, donde se ubica el llamado Mausoleo de Comas de acuerdo con la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, número 26298”, es que se rechazó la solicitud, se informó en un comunicado. 

La comuna tampoco subsanó la omisión que le advirtió la magistrada de precisar la identificación de cada una de las tumbas individuales donde serán trasladados los restos, con indicación especial en el número que le corresponderá a cada cuerpo.

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En este caso, la municipalidad solo presentó ocho documentos emitidos por el encargado del cementerio “Mártires 19 de Julio” –denominado croquis de ubicación– sin precisar la información solicitada, esto es, la ubicación exacta del nicho que le correspondería a cada una de los restos (número,  coordenadas U.T.M. o coordenadas geográficas) que permitan ubicar y delimitar cada uno de las sepulturas.

Si bien la jueza desestimó el pedido de la municipalidad por no haber cumplido con subsanar todas las observaciones, deja a salvo el derecho de dicha institución de presentar nuevamente su pedido. 

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