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Corte Suprema absolvió a periodista Rafo León del delito de difamación

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, confirmó la condena que absolvió al periodista Rafael León en segunda instancia por el Poder Judicial, por el delito de difamación agravada en agravio de Martha Meier Miró Quesada

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Corte Suprema absolvió a periodista Rafo León

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, confirmó la condena absolutoria que le dictó en segunda instancia el Poder Judicial al periodista Rafael León por el delito de difamación agravada en agravio de Martha Meier Miró Quesada.

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En su resolución la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema indica, que no ha existido en el artículo de León, “elementos como la sorna, desdén, insidia, humillación, misoginia y violencia de género” como alegó la demandante. 

También señala que el referido artículo fue escrito en respuesta a una columna de publicada en diario El Comercio el 16 de julio de 2014, bajo el título “El síndrome de Susy”. En esta, la periodista Martha Meier hizo una crítica a la gestión de la ex alcaldesa de Lima, Susana Villarán.

Por tal razón, la Sala Penal Permanente sostiene que la periodista “al emitir una crítica de contenido político” la convierte en personaje público, lo cual significa que también está expuesta “a soportar críticas de esa índole”. 

Por lo tanto no existe delito y este Tribunal Supremo confirma el fallo que dictó la Sexta Sala Penal para Reos Libres,  que revoca la sentencia de un año de prisión y el pago de seis mil soles de reparación civil que le impuso la magistrada del 42 Juzgado Penal de Lima a favor de la agraviada el 29 de agosto de 2016 .

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Sin embargo para la agraviada, el periodista Rafo León cuando publicó en la revista Caretas una columna bajo el título “¿Qué hacemos con la primita?”, utilizó en dicho texto palabras y frases insultantes y vejatorias sobre su persona, el pasado 20 de julio de 2014.

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