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Poder Judicial: Carlos Carlín es condenado a un año de prisión suspendida

Entérate aquí por qué elPoder Judicial de Lima confirmó la condena de un año de prisión suspendida contra el ex conductor del programa La Noche es Mía, Carlos Carlín.

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Poder Judicial confirmó condena de un año de prisión suspendida contra Carlos Carlín

El Poder Judicial de Lima confirmó la condena de un año de prisión suspendida contra el ex conductor del programa La Noche es Mía, Carlos Calín, por haber tildado de ser cómplice del delincuente Carlos Augusto Pérez Bravo a la jueza María del Carmen Bless Cabrejas, en el año 2012.

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La sentencia de la Tercera Sala Penal para Reos Libres indica, que en el programa de Carlos Calín se informó sobre un tiroteo entre la policía con un grupo de delincuentes entre ellos se encontraba Carlos Augusto Pérez Bravo en Los Olivos y una de las balas le impactó en la cebeza del menor Cristian Sihuas Celedonio muriendo en el hospital el 19 de febrero del 2012.

Carlos Carlín fue condenado por el 12 Juzgado Penal de Lima por difamación agravada y debe cumplir reglas de conducta como no variar de domicilio sin autorización del juez, no cometer delito doloso, concurrir cada 30 dias a firmar el cuaderno de asistencia de control y pagar 50 mil soles de reparación civil a la jueza Bless Cabrejas.

También fue condenado a esta misma pena Hugo Túpac Yupanqui Rocha quien se encargó de emitir el informe sobre el niño baleado en Los Olivos. Esta condena fue ratificada por al Tercera Sala Penal para Reos Libres.

APELÓ LA SENTENCIA

El ex conductor Carlos Carlín no se mostró conforme con la sentencia de un año de prisión que le impuso el Poder Judicial y apeló ante la Corte Suprema  de Justicia para que sea revisada en última instancia.

CARLÍN LLAMÓ CÓMPLICE A JUEZA

Es así que el 21 de ese mes, Carlos Carlín difunde el informe “niño baleado” y le atribuye a la jueza Carmen Bless Cabrejas de haberle dado la libertad a Carlos Augusto Pérez Bravo, tildándosele en ese momento de ser cómplice del delincuente en el asesinato del menor.

La sentencia indica, que el conductor llegó al extremo de haberse mostrado sus fotos de manera reiterativa refiriéndose de manera despectiva y con calificativos que lesionan su honor y de forma grotesca señala  en reiteradas oportunidades “cómplice” terminando con la frase “Ojala que puedas dormir tranquila María del Carmen”.

También agrega que la conducta de los querellados no sólo le ha causado afectación a su persona sino además en su entorno familiar al habérsele tildado de cómplice del asesinato del menor Sihuas Celedonio.

Además, que la agraviada le envió dos cartas en el mes de febrero para que se rectifique por el mismo tiempo que duró el informe, sin embargo, el ex conductor Carlín lo hizo al final de su programa cuando ya todo el público deja de ver, lo cual perjudica su honor y reputación.

Informa que la tramitación de la liberación del delincuente estuvo a cargo del juez Alberto Garzón Castillo quien investigaba a los procesados César Céspedes Cacho y Carlos Augusto Pérez Bravo por delito contra el patrimonio, robo agravado en grado de tentativa y en otros en agravio del Banco de Crédito del Perú, siendo que fue dicho magistrado quien el 31 de enero del 2012 emite la resolución que varió la detención por comparecencia.t ordenío su libertad.

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Se determinó que el juez Alberto Garzón Castillo fue quien ordenó la liberación del procesado Carlos Pérez Bravo acusado por robo agravado el 31 de enero del 2012, ya que ella se encontraba de vacaciones. Y en febrero ocurre el enfrentamiento.

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