El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte de Lima ordenó al Registro Nacional de Identidad y Estado Civil inscribir como padres de dos mellizos a una pareja que alquiló el vientre de otra mujer para hacer realidad uno de sus más anhelados sueños.
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En enero de 2005, A.B. y F.N. se casaron y luego decidieron recurrir a la fertilización in vitro. Seis años después, ella recurrió a la modalidad de vientre de alquiler. Una amiga, E.R., de los esposos decidió llevar el embarazo.
Ambas parejas firmaron un acuerdo privado. A la amiga se le implantó un cigoto formado por los espermatozoides de F.N. y los óvulos de una donante anónima. El 19 de noviembre del 2015 nacieron los mellizos en la Maternidad de Lima.
En ese nosocomio se inscribió como padre a F.N. y a la gestante como madre biológica. El matrimonio en mención inició los trámites de rectificación de las dos actas de nacimiento ante Reniec. Pero la institución los rechazó.
El 21 de febrero pasado, el Quinto Juzgado declaró fundada la demanda de amparo y dispuso que el Reniec anulara las actas y se emitieran nuevas consignando como legítimos padres a F.N. y A.B.
“F.N. y A.B. efectivamente tienen el derecho a fundar una familia, acudiendo a los métodos científicos y legales que permite el ordenamiento jurídico peruano”, dice la sentencia.
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