Ejemplar sanción. Los docentes que haya sido destituidos por hostigamiento sexual no podrán volver a desempeñar ninguna labor o cargo de las áreas de desempeño laboral docente.
Así lo establece la Ley 30903 publicada hoy por el Congreso de la República en el diario oficial El Peruano y que modifica el artículo 52 la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, para incorporar la sanción de inhabilitación permanente por hostigamiento sexual de estos docentes.
LEA MÁS: Puno: directora de colegio denuncia a cuatro docentes de doparla y violarla
Para tal fin se incluye el literal e del artículo 52 de la Ley de Reforma Magisterial.
Según señala la norma, esta debe ser comunicada al presidente de la República para su promulgación inmediata. Los docentes infractores no volverán a pisar un aula.
Revisa todas las noticias escritas por el staff de redactores de El Popular.