Un nuevo fallo emitirá la Sala Penal Suprema de Lima Norte, este jueves, sobre Adriano Pozo Arias, acusado por delitos de feminicidio y violación sexual en grado de tentativa en contra de Arlette Contreras.
El pasado 12 de julio de 2015 se hizo público un video de las cámaras de seguridad de un hotel en Ayacucho, donde se observa a Arlette Contreras siendo arrastrada y violentada por Adriano Pozo. Este caso se convirtió en uno de los más emblemáticos del movimiento 'Ni Una Menos'.
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El proceso de denuncia que siguió Arlette Contreras por esta agresión causó conmoción en Perú, pues según instituciones como la OCMA y otras, señalaron que existió una serie de irregularidades en la primera sentencia dada por los jueces Karina Vargas Bejar y Rubén Pantaleón Zegarra Huayhua, la cual absuelve a Adriano Pozo de todos los cargos que se le imputan. Por esta razón en setiembre de este año se dispuso transferir la competencia del caso de Ayacucho a Lima.
El antecedente data del 16 de febrero, fecha en la que Adriano Pozo fue absuelto, ese mismo día Arlette y su defensa presentaron la apelación a la sentencia, tras una última audiencia del 29 de noviembre de este año, hoy, se definirá si se confirma la absolución, se revoca o se anula.
Aquí te mostramos 7 cosas para que entiendas el caso de Arlette Contreras, el proceso de su denuncia y los argumentos que usaron los jueces para absolver en una primera sentencia a Adriano Pozo.
1.- Tentativa de feminicidio
Las razones que encontraron los jueces, señala que "pericialmente se ha probado que las lesiones proferidas por el acusado en el cuello fueron muy leves a tal que días después ya habían desaparecido", por esta razón los jueces no consideraron que existiera feminicidio.
La fiscal Ítala Farfán señaló que para acusar a Adriano Pozo se basó, como uno de los medios probatorios, en los dictámenes periciales de los médicos legistas, pero durante el proceso del juicio oral los peritos cambiaron su versión y con base en ello los magistrados de este juzgado emitieron un fallo favorable a Adriano Pozo Arias.
2.- Tentativa de violación sexual
"No presenta lesión compatible con agresión sexual porque no se observó lesiones físicas compatibles con agresiones contra la libertad sexual y los peritos han basado su conclusión en un eritema que no es de la fecha de los hechos y una lesión que estaba en la pierna que terminó siendo una mancha de esmalte", fue uno de los argumentos para desvirtuar la denuncia de Contreras.
El voto en discordia del juez Alfredo Barrientos Espilco que votó a favor de una condena al agresor, señala que el video donde se ve a Arlette escapar de Pozo y luego ser arrastrada nuevamente a la habitación del hotel es prueba de que él le negó la libertad sexual de la víctima, si no se consumó el acto (y de ahí, la tentativa), fue porque terceros los evitaron, en este caso el administrador y el "cuartelero".
3.- Agresión en los ojos
En otra parte del informe, se indica que a Arlette Contreras se le encontró una hemorragia en los ojos al segundo día de ocurridos los hechos con Adriano Pozo, pero el perito encargado señaló que "no pudo ser por una asfixia". Además, que "la agraviada tenía trauma nasal, una confusión, mas no una fractura provocada por un golpe o caída".
4.- La ropa de Arlette
En tanto a las prendas de vestir que fueron desgarradas y rotas debido al forcejeo entre Arlette Contreras y Adriano Pozo, no fueron tomadas en cuenta porque las ropas fueron entregadas "cinco días después de los hechos y sin presencia del perito". Además, los jueces señalan que hubo "manipulación de la evidencia".
5.- Prácticas socioculturales
El magistrado Alfredo Barrientos Espilco fue el único que votó a favor de darle una sentencia a Adriano Pozo por los cargos imputados, señaló que tras evaluar las pruebas del caso, el agresor "representa una muestra de una práctica sociocultural histórica basada en la idea de inferioridad de las mujeres y superioridad de los varones, la cual subordina a la mujer".
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6.- Adriano Pozo sabía lo que hacía
El juez Barrientos no aceptó como válidas las "pericias psicológicas" de la defensa de Adriano Pozo, en las que se afirma que padece un trastorno límite de personalidad (borderline) y que, por tanto, "no puede" violar ni matar a la persona que ama. El magistrado indicó que ese argumento no tiene sustento científico, por lo que era consciente de lo que hacía.
7.- Apelación de reparación civil
Con la primera sentencia que absuelve a Adriano Pozo, su defensa señaló que su defendido apeló el pago de la reparación civil de 100 mil soles, en beneficio de Arlette Contreras
Arlette Contreras no fue la única que denunció a Adriano Pozo por violencia de género, sino también su expareja, Claudia del Rosario Plasencia Naveros, quien en octubre de 2015, señaló que la ahorcó y le propinó puñetazos en la espalda.
Unos taxistas auxiliaron a la joven, tras ello el 1 de diciembre de 2015, Plasencia Naveros hizo efectiva la denuncia contra Adriano Pozo.
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