Triunfo para fonavistas. El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Blume, dijo que mediante una sentencia se declaró inconstitucional el cálculo realizado para la devolución de aportes al Fonavi, ya que se trata de una violación del derecho de propiedad.
“El punto medular en esta sentencia consiste en declarar la inconstitucionalidad en la fórmula de cálculo de la devolución de aportes de los fonavistas”, dijo el magistrado.
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Por ello, explicó que los montos a devolver se encuentran supeditados a la división de lo recaudado por el Estado entre la cantidad de beneficiarios entre cada periodo concreto.
“Todos reciben la misma cantidad sin importar quiénes aportaron más y quiénes aportaron menos. Por lo tanto, se ha estimado que ello viola el derecho de propiedad que tienen los fonavistas sobre sus aportes y vulnera el derecho de los fonavistas”, subrayó Ernesto Blume.
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