El Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano publicó hoy sábado la Ley Nº 30838, que condena a cadena perpetua a quien cometa abuso sexual contra menores de 14 años de edad.
La ley establece, entre sus principales cambios, la cadena perpetua para los violadores de menores de 14 años de edad, así como la imprescriptibilidad del delito y la eliminación de beneficios a condenados.
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El Estado dispuso poner mayor rigor y dureza a las penas contra los abusadores sexuales, tales como César Alva Mendoza, asesino y violador confeso de la niña Jimenita, cuyo caso conmocionó a peruanos y peruanas. Con esta ley se modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal para fortalecer la prevención y sanción de los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.
De acuerdo con el artículo 173° de la ley, "el que tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza cualquier otro acto análogo con la introducción de un objeto o parte del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, con un menor de 14 años, será reprimido con pena de cadena perpetua".
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El 26 de junio de este año la Comisión Permanente del Congreso aprobó por unanimidad estas modificaciones, pues anteriormente el Código Penal establecía que solo si la víctima de violación sexual era menor de 10 años la pena sería de cadena perpetua. Por otro lado, si el menor tenía entre 10 años y menos de 14, la condena sería no menor de 30 ni mayor de 35 años. Esta última fue modificada.
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