En los últimos ocho años se impusieron sanciones pecuniarias a discotecas, compañías de seguros, establecimientos comerciales, aerolíneas y hoteles. El motivo de las multas fueron los casos de discriminación a los usuarios. Por ello el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), cobró S/2 millones.
Las sanciones se dieron por 540.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a más de 2 millones de soles, a diversos proveedores de bienes y servicios. Según la entidad, los tipos de discriminación más recurrentes obedecieron a motivos raciales, discapacidad, orientación sexual e identidad de género.
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Precisamente, para corregir dichas conductas, el Indecopi ordenó el cumplimiento de diversos tipos de medidas correctivas, desde la capacitación a su personal hasta la publicación de avisos en sus locales y páginas web informando sobre esta prohibición legal.
De acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor, en caso los órganos resolutivos del Indecopi confirmen algún caso de discriminación a las personas en sus relaciones de consumo, pueden imponer a la empresa infractora una multa de hasta 450 UIT, equivalente a un millón 867,500 soles.
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Indecopi exhortó a las empresas a no discriminar a los consumidores en sus relaciones de consumo, a no ser que los proveedores nieguen un servicio o producto a una persona por una causa objetiva y razonable.
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