¿Este sábado 30 es feriado o día no laborable para el sector público y privado? AQUÍ la respuesta
La celebración de la Semana Santa continúa, pero son muchos los ciudadanos los que se preguntan si este sábado 30 de marzo es feriado o día no laborable.
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La Semana Santa es aprovechada por miles de ciudadanos para viajar o realizar actividades familiares, sobre todo, en las fechas centrales que son el jueves 28 y viernes 29 de marzo. Pero hay quienes se preguntan si este sábado 30 es feriado o día no laborable.
En el desarrollo de esta nota te contamos mayores detalles al respecto y cuánto deberías recibir den el caso que tengas el deber de trabajarlos.
¿Este sábado 30 es feriado por Semana Santa?
La Semana Santa arrancó desde el domingo 24 de marzo que fue el Domingo de Ramos y con la llegada de este Jueves y Viernes Santo, muchos se preguntan si este sábado 30 de marzo, también es feriado o día no laborable para poder disfrutar de un buen fin de semana largo.
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 011-2024-PC, se estableció que los días feriados para este 2024, solo son 15, por lo que este sábado 30 de marzo no se encuentra dentro de esta lista. Una noticia que, sin duda, apena muchos para aquellos que poseen y viven la fe cristiana.
En la misma línea es importante mencionar que esta fecha NO ESTÁ considerada como DÍA NO LABORABLE para el sector público, tal y como lo establece el Gobierno peruano, por lo que, aconsejamos a los ciudadanos que puedan tomar las medidas que consideren necesarias.
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¿Cuánto debo cobrar si trabajo los feriados de Semana Santa?
De acuerdo con lo establecido por el decreto legislativo N°713, los empleados del sector público y privado que tengan que trabajar en estos feriados, cuentan con ciertos derechos en específico, lo que conlleva a recibir una compensación económica adicional por las horas de trabajo.
Para poder calcular la cantidad de pago que estarías recibiendo por trabajar los feriados, vamos a colocarte un ejemplo que sería el siguiente:
Si una persona percibe la cantidad de S/ 3 000 la mes, quiere decir que gana S/100 diarios. Si trabajas el jueves y viernes santo que son feriados, sin tener un día compensatorio, su pago tendrá que calcularse de la siguiente manera:
- Por el feriado, en el pago está incluido en su sueldo mensual, por lo que recibirá S/100.
- Si lo trabajas, se te pagará S/100 soles más
- Ahora, adicional a ello, se recibirá una sobretasa del 100% de su salario diario, lo que equivale a S/100.
Eso significa que, si el trabajador opta por laborar durante ambos feriados, recibirá S/3 400 a fin de mes, pues se le sumará los 400 soles que corresponden al trabajo de estos días célebres.
¿Qué pasa si no me pagan el beneficio doble por trabajar en un feriado?
No conceder el descanso correspondiente por un feriado o no remunerarlo en caso de haber trabajado durante ese día constituye una infracción considerada como muy grave en el ámbito de las relaciones laborales, y puede ser sancionada en consecuencia.
Periodista especializada en temas de actualidad, política y policiales. Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la UTP con más de 3 años de experiencia. Redactora web en El Popular y presentadora de "Capturados". Interesada en temas relacionados con misterios, películas y series policiales.