¿Acumulas o postergas tus vacaciones?: Sunafil podría tomarlo como una infracción “insubsanable”
Si aún no has salido de vacaciones o vienes acumulando muchas vacaciones en el año, AQUÍ te contamos qué dijo Sunafil al respecto.
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Ya no falta nada para que termine el año y muchas personas aún no han salido de vacaciones, ya sea por un pedido de sus superiores o porque las quiere acumular. Sin embargo, esto ya no será posible porque la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha tomado medidas al respecto e incluso podría calificarlo con una infracción “insubsanable”.
En la nota te contamos todo lo que indicó esta entidad dedicada a supervisar el cumplimiento de las normas sociolaborables y las de seguridad y salud en el trabajo.
Pronunciamiento de Sunafil
La Resolución N.° 830-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral, indica que las vacaciones otorgadas en el año inmediato siguiente serían una sanción que no podrá ser resuelta con una remuneración ni indemnización.
A lo que realmente se refiere es que si un trabajador ingresa el 15 de enero del 2024 a su centro de labores, cumplirá con el año de servicios y sus vacaciones se darán el 15 de enero del 2025. Él deberá gozar sí o sí del descanso en cualquier momento y tendrá hasta el 15 de enero del 2026 para reclamarlos.
“Queremos proteger el periodo de descanso de cada trabajador, con la finalidad de mejorar la conciliación de las responsabilidades, vida personal y ocio, además, de otros aspectos”, señaló Sunafil. Sin embargo, este criterio cambiaría todo el panorama, ya que contradice a una resolución anterior que menciona lo siguiente: “el no goce del descanso efectivo vacacional queda subsanado por el pago que sea realizado por el empleador [...] el trabajador debe convenir por escrito con su empleador en acumular hasta dos descansos anuales consecutivos siempre que, después de un año de servicios continuo, disfrute por lo menos de un descanso de 7 días naturales”.
¿Cómo evito las sanciones de la Sunafil?
- Revisa el récord vacacional del personal y así programas el descanso vacacional de manera oportuna.
- Identifica que los trabajadores no utilizan sus vacaciones a tiempo y que se realicen convenios de reducción.
“Cuando se identifiquen vacaciones vencidas, proceder al pago de la remuneración vacacional y de la indemnización vacacional a la brevedad posible. Esto elimina los incentivos para que los trabajadores planteen denuncias contra la empresa”, agregaron.
Periodista de actualidad, especializada en policiales y temas políticos. Graduada de la Universidad César Vallejo. Redactora web senior en El Popular. Interesada en temas relacionados a policiales, sociales, cine, baile, música, turismo, gastronomía y doblajes.