Fiscalía Militar Policial inició investigación a policías que bebieron alcohol en comisaría de San Andrés
La Fiscalía Militar Policial N° 13 inició investigación en contra seis efectivos policiales que resulten responsables por el delito de función.
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Seis efectivos de la Policía Nacional del Perú que fueron encontrados consumiendo alcohol y en estado de embriaguez dentro de la comisaría de San Andrés en el Centro de Lima, celebrando la Navidad, son investigados por la Fiscalía Militar Policial Nro. 13.
La Fiscalía Militar Policial N° 13 a cargo del comandante PNP (R) Wilfredo Munayco Marcos, mediante carpeta fiscal Nº 71-2023-IP-13 inició investigación en contra de los efectivos policiales que resulten responsables por el delito de función.
Los hechos ocurrieron la madrugada de hoy 25 de diciembre, en la comisaría de San Andrés del Cercado de Lima, en circunstancias que los efectivos fueron encontrados en horas de servicio, ingiriendo bebidas alcohólicas en uno de los ambientes de la sede policial.
El Fiscal Militar Policial Wilfredo Munayco, viene tomando las declaraciones a los presuntos implicados y ha dispuesto se realicen las diligencias preliminares y pericias con la finalidad de identificar plenamente a los responsables.
De comprobarse los hechos materia de investigación, los policías implicados serían autores de delitos de Violación de Consigna y Desobediencia, constituyendo una sería afectación al servicio de seguridad, integridad institucional y disciplina policial.
De acuerdo a las investigaciones, al tener conocimiento el general PNP Eduardo Tristán Castro acudió a a dependencia policial San Andrés y verificó que en el segundo piso en los ambientes del descanso del personal PNP, había un grupo de seis efectivos policiales reunidos a escondidas ingiriendo bebidas alcohólicas en latas de cerveza lo que motivo a realizar las diligencias pertinentes de dosaje etílico y toxicológico a todo el personal que se encontraba.
DATOS
Código Penal Militar Policial
Artículo 99.- Violación de consigna
El militar o el policía que cumpliendo funciones de centinela o vigía, o designado para cubrir algún servicio de seguridad, viola sus obligaciones o la consigna recibida, o se embriaga durante el servicio, siempre que atente contra el servicio, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y sesenta a noventa días multa.
Artículo 117.- Delito de desobediencia
El militar o el policía que omite intencionalmente las disposiciones contenidas en las leyes, reglamentos o cualquier otro documento que norma las funciones de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, siempre que atente contra el servicio, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cinco años.
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