Poder Judicial: delito de trata de bebés se condena con penas de hasta 25 años de cárcel
La jueza superior Doris Rodríguez Alarcón, explicó que el delito se comete por quien que con violencia o engaños capta a las personas, las lleva o conduce, transporta para ser explotadas sexualmente, laboralmente u otro fin lucrativo.
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La sanción por el delito de trata de personas, sobre todo de recién nacidos, puede llegar hasta 25 años de cárcel, para los que trafican estos menores e incluso para quienes los compran al ser parte del mismo ciclo en la comisión de ese ilícito. Así lo refirió la jueza superior Doris Rodríguez Alarcón de la Segunda Sala Penal Superior Transitoria Nacional.
“El delito de trata es un problema mundial, contra la humanidad y de lesa humanidad en que el bien protegido es la dignidad humana y se comete por quien que con violencia, engaños o por Internet capta a las personas, las lleva o conduce, transporta para ser explotadas sexualmente o laboralmente”, expresó.
Explicó la jueza que por el tipo base del delito referido a la captación, transporte o entrega, la pena se establece entre 8 y 15 años de cárcel y en su forma agravada hasta los 25 años, de acreditarse en juicio las pruebas que determinen el delito de trata.
En ese sentido, señaló que las circunstancias agravadas se dan cuando el ilícito es perpetrado por una organización criminal, víctimas pertenecen a grupos calificados como vulnerables como mujeres, gestantes, menores de edad, o los victimarios son funcionarios o por su profesión deben cuidar a estas personas y no lo hacen.
Sostuvo la magistrada que en el tráfico de bebés, los que por su vulnerabilidad no tienen capacidad de cuidarse a sí mismos, el hecho es más grave.
“En el tráfico de niños o bebés se da la circunstancia agravante y se sanciona con severidad hasta con 25 años de prisión. Y las personas que compran niños pueden ser consideradas como coautores de trata porque sin la compra no se puede realizar el ilícito; forman, así, parte de este ciclo de este tráfico”, indicó.