¿Te gusta comer caramandungas del supermercado sin pagar? Esta es la grave sanción que recibirás, según el PJ
El Poder Judicial se refirió a los que son descubiertos agarrando pan en los supermercados y no creerás cuál es la sanción.
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Si eres de las personas que te gusta comer caramandungas o cualquier otro pan que encuentren en los supermercados, deberás tomar en consideración que sí hay una grave sanción para tus actos. El Poder Judicial no dudó en informar a la población sobre ello y les hizo una advertencia para que luego no sean sorprendidos en pleno accionar delictivo.
En la nota te contamos qué pasaría si los trabajadores del establecimiento te descubren agarrando pan del supermercado y peor aún si es que no pagaste por el producto o productos que hayas querido pasar desapercibido.
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¿Qué pasa si agarro pan del supermercado y no lo pago?
“A ti que te gusta agarrar pan en el supermercado y si eres descubierto estás en graves problemas. Tú estarías cometiendo una falta sancionable [...] La falta es llamada hurto famélico y se trataría de la sustracción de productos de primera necesidad por un individuo sin emplear medios de violencia física o moral”, se escuchó decir en el video de TikTok del Poder Judicial de Ucayali.
“Algo tan simple como un pan puede traerte muchos problemas, ya que la pena será de prestación de servicios comunitarios de 10 a 20 jornadas. No creas que solo el comer pan o tomar gaseosa sin pagar es una falta, el también ir a un restaurante, comer y si sabes que no podrás pagar es hurto famélico [...] La falta es de manera inmediata, por lo que si sustraes un producto de primera necesidad, no lo pagas y llevas a casa estarías cometiendo el delito de hurto simple”, agregó.
¿Qué aconsejó el Poder Judicial sobre los delitos de hurto famélico y simple?
“Ya sabes, si quieres evitarte problemas, piénsalo dos veces antes de agarrar un pan del supermercado, bodega o del mercado”, finalizaron.
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¿Qué hago si un seguridad pide revisarnos en el supermercado?
Aspec señaló que el miembro de seguridad siempre debe informar la razón por la cual seremos revisados. Ellos deberán enseñarnos un video o que exista una sospecha como el sonido de una alarma. “Debe haber una razón justificada. Hay oportunidades en que los trabajadores se olvidan de sacar el aparato de sonido de algunos productos y ahí está totalmente justificado”, mencionó Crisólogo Cáceres a El Comercio.
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