Cajamarca: confirman condena contra dos ex funcionarios de la Municipalidad de Santa Cruz
La Primera Sala Penal de Apelaciones Permanente de Cajamarca ordenó la ubicación y captura contra los ex funcionarios Juan Arturo Avellaneda Vargas y Alex Alberto Coronel Inga.
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Por unanimidad, el Poder Judicial de Cajamarca confirmó la sentencia de cinco años de pena privativa de la libertad contra los ex funcionarios de la municipalidad de Santa Cruz, Juan Arturo Avellaneda Vargas y Alex Alberto Coronel Inga, por favorecer a una empresa durante su gestión, en el año 2016.
La Primera Sala Penal de Apelaciones Permanente de Cajamarca, en adición de funciones de Sala Penal Liquidadora, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, presidida por el juez superior Ricardo Sáenz Pascual e integrada por los magistrados Jorge Fernando Bazán Cerdán (ponente) y Domingo Alvarado Luis, por unanimidad, confirmaron la sentencia emitida por el juez del Sexto Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Cajamarca.
El magistrado de primera instancia condenó a los procesados Juan Arturo Avellaneda Vargas y Alex Alberto Coronel Inga como autores del delito de negociación incompatible, en agravio de la Municipalidad provincial de Santa Cruz y les impuso el pago de 99,807.36 soles por concepto de reparación civil.
En la sentencia se les impuso a cada uno de los procesados una pena accesoria de 242 días-multa, a razón del 25% de su remuneración mínima vital que equivale a 750.00 soles, por tanto, su remuneración diaria es de 25.00 soles, la misma que equivale a 6.25 soles, por día y que multiplicado por 242 días multa, asciende a un total de 1,512.50, a favor del Estado.
Finalmente, el tribunal ordenó su ubicación y captura de los sentenciados Juan Arturo Avellaneda Vargas y Alex Alberto Coronel Inga, para el cumplimiento de la pena impuesta y ofició a la autoridad policial correspondiente, conforme a ley.
El procesado Juan Arturo Avellaneda Vargas, ex gerente de infraestructura de la Municipalidad provincial de Santa Cruz, se le imputa por favorecer a la empresa ejecutora “Consorcio Yauyucán”, donde sólo se instalaron 26 guardavías en el tramo Yauyucán-Andabamba y no 46 como fue informado en la valoración y respecto del tramo Yauyucán - Ninabamba solo se instalaron 126 guardavías y no 470 como se informó en el informe de valoración.
Este informe fue validado por dicho investigado, pese a tener como función controlar las actividades no ejecutadas en su totalidad correspondientes a los guardavías que debían instalarse en la obra “Mejoramiento a nivel de tratamiento superficial bicapa de los tramos de carretera Yauyucán-Andabamba y Yauyucán- Ninabamba” (periodo del 5 de setiembre de 2014 al 8 de febrero de 2016).
Mientas que el procesado Alex Alberto Coronel Inga, miembro del comité de recepción, realizó la recepción de la obra sin observaciones, según acta de recepción, pese a los incumplimientos contractuales.
Tampoco contempló la instalación parcial de los guardavías, por ello en la segunda y última verificación procedió a otorgar conformidad de recepción de obra conforme al acta definitiva, conllevando a la liquidación de obra sin deductivos, ni aplicación de la penalidad por mora.
Conducta que desplegó el procesado valiéndose de su cargo, puesto que favoreció a la empresa ejecutora, infringiendo su obligación funcionarial de imparcialidad como funcionario público de la Municipalidad provincial de Santa Cruz.
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