¿Qué vehículos ya no pueden circular por la Costa Verde y por qué? MTC responde y revela multa
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones reveló la multa que pueden recibir los conductores que violen las normas de tránsito en la Costa Verde.
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Como es sabido, la Costa Verde es una de las principales vías de Lima, la cual es usada por miles de automóviles diariamente, ya que une a varios distritos. Sin embargo, también se han registrado una enorme cantidad de accidentes de tránsito que tuvieron consecuencias fatales. Ante dicho panorama, se ha aplicado una medida que tiene como principal objetivo reducir la tasa de siniestros y evitar más muertes en la autopista.
En ese contexto, se dispuso que la Costa Verde este destinado, especialmente, para la circulación de unidades motores a velocidades que pueden estar por encima a las establecidas en calles y avenidas.
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¿Qué vehículos no pueden circular por la Costa Verde
De acuerdo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en la Costa Verde u otra vía expresa en Lima y Callao no se permitirá la circulación de motocicletas y vehículos de transporte de carga o mercancías, así como lo confirmó el jefe de la División de Tránsito y Seguridad Vial, el coronel PNP Gerardo Araujo.
Cabe resaltar que esta restricción no se aplica en los vehículos de emergencia, de atención de servicios públicos, remolques, unidades de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú (PNP), así como en los que colaboren en la ejecución de obras dentro de la avenida, previa autorización de interferencia de vías.
Asimismo, se dio a conocer que las unidades que son propiedad de municipalidades distritales que conforman el circuito de playas y superen las 6,5 toneladas podrán circular de 9.00 p. m. a 6.00 a. m. de lunes a domingo.
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¿Cuál es la multa para los vehículos que vulneren la norma?
En caso un vehículo viole esta norma, "la Policía Nacional del Perú podrá sancionarlos con 396 soles por circular por vías y accesos restringidos", comentó el mando policial.
Finalmente, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) resalta que no cumplir las disposiciones sobre el uso de las vías de tránsito rápido o de acceso restringido es una multa considerada grave (G10), cuya sanción le resta también 20 puntos en el récord de conductor.
Periodista de actualidad y policiales. Egresado de la Universidad de San Martín de Porres. Interesado en música y motos.