ONP 2023: ¿Cuánto incrementó, qué mes cobrar y quiénes son los beneficiarios?

Mira AQUÍ los detalles más relevantes de la ONP, que beneficia a miles de pensionistas del sistema público.

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Descubre los aspectos más importantes de la ONP.
Descubre los aspectos más importantes de la ONP.Fuente: GLR - Crédito: Composición El Popular

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) cuenta con miles de peruanos afiliados a su sistema de pensiones. Dentro de ese marco, el Gobierno confirmó el aumento de la pensión para los jubilados de la ONP, el objetivo es ayudarlos a enfrentar la crisis económica del Perú.

A continuación te damos a conocer los detalles más relevantes de la ONP: ¿A cuánto incrementó, qué mes deben cobrar, quiénes serán los beneficiados? Aquí encontrarás las respuestas a estas interrogantes.

Puedes encontrar dentro de la nota:

  • Aumento de pensión para los jubilados de la ONP
  • ¿Cuál es la misión de la ONP?
  • ¿Cuáles son las principales funciones de la ONP?

Aumento de pensión para los jubilados de la ONP

Los pensionistas que forma parte del Decreto Ley N° 19990 serán beneficiados con el incremento de la pensión mínima. Asimismo, en este aumento se incluirá la iniciativa de reforma al sistema de pensiones del país que el Poder Ejecutivo presentó a fines de septiembre.

Por otro lado, se informó que esta será la primera ocasión en la que se pagará una pensión mínima de 360 soles para los siguientes grupos: pensionistas del Régimen Pesquero y los beneficiarios que formaron parte de la Caja del Pescador en liquidación.

¿Cuál es la misión de la ONP?

“Garantizar el correcto funcionamiento de los regímenes y seguros previsionales, así como el eficiente manejo de los fondos previsionales encargados, a fin de lograr mayor cantidad de personas aseguradas que gocen de adecuadas prestaciones previsionales, a través de una atención de calidad que genere confianza en la ciudadanía”.

¿Cuáles son las principales funciones de la ONP?

  • Reconocer, declarar, calificar, verificar, otorgar, liquidar y pagar derechos pensionarios con arreglo a ley, del Sistema Nacional de Pensiones al que se refiere el Decreto Ley N° 19990, de los regímenes previsionales que se le encarguen o hayan encargado, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley N° 18846.
  • Mantener informados y orientar a los asegurados obligatorios y facultativos, sobre los derechos y requisitos para acceder a una pensión y otros beneficios pensionarios de su competencia.
  • Mantener los registros contables y elaborar los estados financieros correspondientes a los sistemas previsionales a su cargo y de los fondos pensionarios que administre.
  • Calificar, otorgar, liquidar y pagar el derecho a Bono de Reconocimiento a que se refiere la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, Bono de Reconocimiento Complementario - BRC a que se refiere la Ley N° 27252, Bonos Complementarios de Pensión Mínima - BCPM y de Jubilación Adelantada del Decreto Ley N° 19990 - BCJA a que se refiere la Ley N° 27617, así como de pensiones complementarias a que se refieren el Decreto de Urgencia N° 007-2007 y la Ley N° 28991, y cualquier otra obligación que se derive de sus fines, conforme a ley.
  • Coordinar con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT las actividades necesarias para el control de las aportaciones recaudadas; la obtención de la información requerida para sus procesos administrativos y supervisar el ejercicio de las facultades de administración delegadas con arreglo a lo establecido en los convenios interinstitucionales suscritos.
  • Conducir los procedimientos administrativos vinculados con las aportaciones de los sistemas previsionales, conforme al marco legal vigente.
  • Realizar periódicamente los estudios e informes que correspondan a sus fines institucionales, proponer la expedición de normas que contribuyan al mejor cumplimiento de estos y opinar sobre los proyectos de dispositivos legales relacionados directa o indirectamente con los sistemas previsionales a su cargo.
  • Actuar como Secretaría Técnica del Directorio del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales – FCR.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en temas de actualidad, educación, vida y salud. Bachiller de la Universidad San Martín de Porres.

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