Bono Electricidad 2023 LINK: ¿cómo se entregará y quiénes serán los beneficiarios?

El Bono Electricidad se entregará una sola vez y de manera temporal, eso lo determinó el Congreso de la República en la ley que presentó. 

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Conoce si eres beneficiario del Bono Electricidad 2023 y qué fechas harían el pago del nuevo subsidio.
Conoce si eres beneficiario del Bono Electricidad 2023 y qué fechas harían el pago del nuevo subsidio.Fuente: GLR - Crédito: El Popular

El Bono Electricidad 2023, es un nuevo subsidio que beneficiará a miles de peruanas que se encuentran en una situación vulnerable. De acuerdo con la ley N.º 31688 , aprobada por el Congreso de la República, este bono tendrá como fin subsidiar los recibos de luz que genera ENEL.

En la siguiente nota conocerás los detalles del Bono electricidad 2023, esto te permitirá saber si eres beneficiario y de qué manera te ayudará.

Dentro de la nota:

  • Bono Electricidad 2023 LINK
  • ¿Cómo se entregará el Bono Electricidad?
  • ¿Quiénes serán los beneficiarios?
  • ¿Cuánto se pagará en el Bono Electricidad 2023?
  • ¿Quiénes no recibirán el Bono Electricidad 2023?

Bono Electricidad 2023 LINK

No existe un enlace o link de consulta para el Bono Electricidad 2023, a pesar de ello, ya puedes verificar los requisitos para recibir la ayuda económica en el recibo de luz.

¿Cómo se entregará el Bono Electricidad?

La Ley 31688 indica que las empresas que distribuyen electricidad contarán con un tiempo límite de diez días para presentar la lista de sus usuarios que cumplen con los requisitos correspondientes para que se les considere beneficiarios.

Estas empresas aplicarán un descuento mensual de hasta 10 nuevos soles en los tres recibos de luz de los usuarios beneficiados con el Bono Electricidad. En tales recibos tiene que estar incluido una glosa con la aplicación del bono, el plazo y el monto remanente respectivo.

¿Quiénes serán los beneficiarios?

La ley aprobada por el Congreso beneficiará los usuarios residenciales categorizados que te mostramos a continuación:

  • Usuarios residenciales del servicio de electricidad con las opciones tarifarias BT5B, BT5D, BT5E y BT7, con consumos promedio de hasta 100 kWh/mes, considerando para dicho promedio los meses con consumos mayores a cero (0), durante los meses comprendidos en el periodo de agosto 2021 – julio 2022.
  • Para los usuarios residenciales con opción tarifaria BT7, el Bono electricidad se aplica en la primera recarga que efectúe el usuario a partir de la entrada en vigor de la presente ley. Para tal efecto, el punto de entrega del suministro del usuario beneficiario debe encontrarse dentro del estrato bajo, medio bajo y medio, según el plano estratificado por manzanas del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), según corresponda a Lima Metropolitana, el Callao y las demás ciudades del país respecto de las cuales se tenga dicha información.
  • Usuarios residenciales del servicio de electricidad de los sistemas eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo (SFV); es decir, los usuarios con la opción tarifaria BT8 y tarifa RER Autónoma, registrados en julio de 2022.
  • Usuarios residenciales de suministros provisionales colectivos de venta en bloque, medidos a través de un medidor totalizador conectado en media o baja tensión, con consumo promedio de hasta 100 kWh/mes, considerando para dicho promedio los meses con consumos mayores a cero y el número de lotes del suministro provisional, registrado en el periodo de agosto 2021 – julio 2022.

¿Cuánto se pagará en el Bono Electricidad 2023?

Este subsidio otorgado por el Estado consiste en otorgar de manera excepcional, temporal y por única vez, un apoyo económico para el suministro eléctrico que alcanza hasta un monto de S/ 30.00.

La cantidad de dinero se dividirá en tres recibos de servicio de electricidad de máximo S/. 10.00.

¿Quiénes no recibirán el Bono Electricidad 2023?

La ley del Bono Electricidad 2023 no aplica con los usuarios que tienen un consumo promedio del servicio de electricidad mayor a 100 kWh/mes en los meses correspondientes a enero, febrero y marzo de 2022, y con nombres comerciales (esto incluye todas las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, escuelas, entidades del Estado y otros equivalentes).

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.

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