Bono Alimentario 2023: ¿Si ya recibí el Bono Yanapay podré ser beneficiario de subsidio de S/270?
Conoce si eres uno de los beneficiarios de este subsidio económico para personas en pobreza y pobreza extrema.
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El Bono Alimentantario de S/270 tiene el objetivo de cubrir los gastos familiares de las personas que se encuentran en pobreza o pobreza extrema en relación a la canasta básica. El Midis dio detalles sobre los beneficiarios de este subsidio económico y quienes no podrán recibirlo. En esta nota te daremos toda la información que debes conocer.
Lo que se sabe de momento es que las personas que hayan recibido el Bono Yanapay si podrán ser beneficiarios de este bono de S/270 y para poder estar dentro de los que podrán cobrar este monto se encuentran las siguientes personas:
- Personas en situación de pobreza o pobreza extrema, según el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh).
- Hogares sin ingresos ni de la planilla privada ni de la planilla pública, incluyendo a los pensionistas y a la modalidad formativa.
- Hogares cuyos ingresos no superen el monto de la remuneración mínima vital de S/ 1,025.00.
Link de pago del Bono Alimentario
El enlace que te ofrece el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) es el siguiente:
¿Cómo ver si soy beneficiario del Bono Alimentario 2023?
Para saber si te corresponde el beneficio otorgado por el Estado, debes seguir estos pasos:
- Contar con su Documento Nacional de Indentidad (DNI)
- Verificar el número de y fecha de emisión del DNI
- Ingresa al siguiente enlace: https://www.gob.pe/30727-consultar-si-te-corresponde-el-bono-alimentario.
- LLenar la información solicitada que verificamos en el DNI.
Los ciudadanos que cumplan los siguientes requisitos serán beneficiarios del bono que otorga el Estado para suplir el monto de los gastos de la canasta familiar.
PUEDES VER: ¿En qué banco me toca cobrar el Bono Alimentario de S/270 soles? Revisa AQUÍ el link oficial
¿A quiénes no les corresponde el Bono Alimentario 2023?
- Quedan excluidos los ciudadanos que se encuentren en la base de datos de las declaraciones juradas de autoridades y servidores públicos, administrada por la Contraloría General de la República.
- Dicha restricción abarca a integrantes con cargo de congresista, alcalde o alcaldesa de una municipalidad distrital o provincial, regidores, gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, así como prefectos, subprefectos y tenientes gobernadores.
- Ciudadanos que perciban un sueldo superios a los S/1025.00 soles.
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