Bono Escolaridad 2023: ¿qué hacer si no lo cobré en enero? Esta es la nueva fecha de pago

Mira aquí lo que debes saber sobre el Bono Escolaridad 2023 y el cronograma de las fechas de pago de este subsidio. 

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Revisa todo sobre el Bono Escolaridad 2023 que brinda el Estado peruano.
Revisa todo sobre el Bono Escolaridad 2023 que brinda el Estado peruano.Fuente: GLR - Crédito: Composición GLR

Te explicamos todo sobre el Bono Escolaridad 2023. El Estado peruano viene entregando este subsidio que busca ayudar a los trabajadores del sector público, para que puedan cubrir los gastos de educación de sus menores hijos, cuyas clases comienzan el 13 de marzo.

A continuación, conoce todo lo que debes saber sobre el Bono Escolaridad y la respuesta a las dudas sobre el pago de este subsidio.

Podrás ver dentro de la nota:

  • ¿Qué hacer si no cobré el bono en la fecha indicada?
  • ¿Cuánto es el monto del pago del Bono Escolaridad?
  • ¿Quiénes recibirán el Bono Escolaridad 2023?
  • ¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiado del Bono Escolaridad 2023?

¿Qué hacer si no cobré el bono en la fecha indicada?

En caso no pudiste cobrar este subsidio por parte del Estado peruano, este dinero se podrá recibir en la planilla del mes de junio de este año, de acuerdo al cronograma.

¿Cuánto es el monto del pago del Bono Escolaridad?

El Bono Escolaridad 2023 consiste en un pago de 400 soles de manera única y excepcional.

¿Quiénes recibirán el Bono Escolaridad 2023?

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados del régimen laboral de Ley 29944 (Ley de Reforma Magisterial)
  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados del régimen laboral del Decreto Legislativo 276 (Ley de Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público)
  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados del régimen laboral de la Ley 30512 (Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes)
  • Docentes universitarios comprendidos en la Ley 30220 (Ley Universitaria)
  • Personal de salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público
  • Personal de las Fuerzas Armadas
  • Personal de la Policía Nacional del Perú
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, Decretos Leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091
  • Servidores penitenciarios, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley N° 29709 (Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria)
  • Trabajadores del sector público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada.

¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiado del Bono Escolaridad 2023?

  • Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Tener en el servicio una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista para el pago de la bonificación. En caso de que no cuenten con el referido tiempo, dicho beneficio se abonará en forma proporcional a los meses y días laborados.
  • Para el Magisterio Nacional, la bonificación por escolaridad se otorga a los docentes con jornada laboral completa.
  • Para el caso de los servidores comprendidos en regímenes de carrera propia que laboran a tiempo parcial o jornada laboral incompleta (menos de 30 horas pedagógicas a la semana), la bonificación es de aplicación proporcional a su similar que labora a tiempo completo.
SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en actualidad, vida y deportes. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados como economía, coyuntura nacional e internacional, trucos caseros y educación.