¡DESDE ESTE 2 DE AGOSTO! Conductores de motos eléctricas serán MULTADOS por usar ciclovías: estas son las sanciones
Los conductores de motocicletas eléctricas que invadan las ciclovías podrán recibir fuertes multas e incluso el internamiento de sus vehículos si incumplen la normativa.
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Desde este 2 de agosto, los conductores de motos eléctricas deberán prestar especial atención a las normas de tránsito. Circular por una ciclovía o no contar con la documentación obligatoria podría costarles miles de soles en multas e incluso el internamiento de su vehículo.
¿Qué conductores serán multados desde el 2 de agosto?
El presidente de la Asociación Automotriz del Perú, Elliot Tarazona, informó que las motocicletas eléctricas que circulen por ciclovías cometerán la infracción G32, sancionada con una multa equivalente al 10% de la UIT, es decir, S/550.

Conducir una motocicleta eléctrica sin placa de rodaje implica una multa equivalente al 12 % de la UIT (S/ 660). Foto: Composición EP.
Sin embargo, advirtió que el monto puede incrementarse cuando el conductor también incumpla otras obligaciones establecidas en el Reglamento Nacional de Tránsito.
Entre las infracciones más comunes figuran conducir sin placa de rodaje, sin SOAT o sin la licencia correspondiente para este tipo de vehículos, lo que puede elevar considerablemente la sanción económica.
¿Qué documentos deben tener las motos eléctricas para circular?
Según recordó Tarazona, toda motocicleta eléctrica cuya velocidad de fabricación supere los 25 km/h debe contar obligatoriamente con:
- Placa de rodaje.
- SOAT vigente.
- Tarjeta de Identificación Vehicular.
- Licencia de conducir categoría B-IIa.
Asimismo, aclaró que una licencia para conducir automóviles no autoriza a manejar motocicletas eléctricas.

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El representante de la Asociación Automotriz del Perú explicó que muchos propietarios no regularizaron sus vehículos porque, al momento de adquirirlos, recibieron información errónea sobre las obligaciones legales.
Además, precisó que cuando una motocicleta eléctrica circule sin placa o sin tarjeta de identificación vehicular, las autoridades podrán disponer el internamiento del vehículo en un depósito, medida que se mantendrá hasta que el propietario regularice toda la documentación exigida.
Finalmente, recordó que las ciclovías están destinadas exclusivamente para bicicletas y vehículos de movilidad personal, como patinetes y vehículos autoequilibrados cuya velocidad no supere los 25 km/h, por lo que pidió reforzar las acciones de fiscalización para garantizar el cumplimiento de la norma.
Licenciada en Comunicación y Periodismo. Redactora de actualidad con experiencia en contenido digital, conducción y reportería. Interesada en el periodismo multiplataforma, artes y la comunicación cercana.












