¿Trabajarás hasta los 70 AÑOS? Gobierno APRUEBA nueva modificación: Revisa si aplica para tu régimen laboral

El Gobierno ha modificado el Reglamento de la Carrera Administrativa, permitiendo que los trabajadores laboren hasta los 70 años. Conoce todos los detalles oficiales.

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¿Trabajarás hasta los 70 AÑOS? Gobierno APRUEBA nueva modificación: Revisa si aplica para tu régimen laboral.
¿Trabajarás hasta los 70 AÑOS? Gobierno APRUEBA nueva modificación: Revisa si aplica para tu régimen laboral. Crédito: Difusión - Composición El Popular

Confirmado. El Poder Ejecutivo ha modificado el Reglamento de la Carrera Administrativa, donde abrió la posibilidad de que los trabajadores públicos puedan continuar laborando en sus funciones hasta los 70 años de edad, hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan esa edad, siempre y cuando cumplan con el requisito obligatorio: entregar una declaración jurada que acredite tu aptitud para seguir trabajando.

La medida se aprobó a través del Decreto Supremo N° 112-2026-PCM, el cual modifica el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, con la finalidad de establecer una mayor coherencia y seguridad jurídica al actual marco normativo, el cual rige actualmente la empleabilidad dentro del sector público.

¿Cuáles son los requisitos para mantener tu puesto de trabajo hasta los 70 años?

Tras la modificación de las Leyes N° 32199 y N° 32223, que se introdujeron al Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, entre los requisitos establecidos se encuentran:

  • Presentar una solicitud ante la Oficina de Recursos Humanos antes de cumplir los 70 años.
  • En el documento se debe indicar la fecha en la que concluirá tu continuidad laboral, la cual no puede exceder el 31 de diciembre del año en que alcances la edad límite para ejercer el cargo.
  • No es necesario presentar un examen médico al área de RR. HH.

Asimismo, la normativa establece que la aprobación automática está sujeta a la condición de un fiscalizador posterior al cargo de la entidad, acorde al marco de la vigilancia de la salud que ejerce el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, lo que implica que la institución puede revisar la declaración jurada presentada y verificar que el servidor efectivamente reúna las condiciones para continuar en el puesto.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en ciencia, tecnología y salud. Bachiller en Periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en El Popular, interesada en temas relacionados con estudios científicos, eventos astronómicos, hallazgos y más.

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