Indecopi ordena a La Tinka devolver más de S/23 mil a usuario tras bloqueo injustificado en Te Apuesto

La Comisión de Protección al Consumidor N.° 2 del Indecopi confirma sanción a La Tinka por bloquear injustificadamente cuenta de usuario, impidiendo retiro de ganancias legítimas.

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Indecopi ordena a La Tinka devolver más de S/23 mil a usuario tras bloqueo injustificado en Te Apuesto
Indecopi ordena a La Tinka devolver más de S/23 mil a usuario tras bloqueo injustificado en Te Apuesto

La Comisión de Protección al Consumidor N.° 2 (CC2) del Indecopi confirmó en segunda instancia la sanción impuesta a la empresa La Tinka S. A. por el bloqueo injustificado de la cuenta de un consumidor en su plataforma virtual de apuestas Te Apuesto, acción que impidió el retiro de S/23 810.69 correspondientes a ganancias obtenidas de forma legítima.

El usuario denunció que su cuenta fue restringida sin previo aviso ni explicación clara, lo que le impidió acceder a su dinero pese a haber cumplido con las condiciones del servicio.

¿Qué determinó Indecopi sobre el bloqueo de la cuenta?

En primera instancia, el Órgano de Procedimientos Sumarísimos N.° 3 (OPS 3) concluyó que La Tinka vulneró el Código de Protección y Defensa del Consumidor, al no garantizar un servicio idóneo ni brindar información adecuada al cliente.

Como parte de la resolución, se impuso una multa de 3.49 UIT, equivalente a S/18 671.50, y se ordenó que la empresa devuelva al denunciante el total del monto retenido, más los intereses legales, dentro de un plazo máximo de 15 días.

¿Cuál fue el argumento presentado por La Tinka?

La empresa apeló la sanción señalando que el bloqueo de la cuenta y la anulación de apuestas se habrían originado por supuestos problemas técnicos en su sistema.

Sin embargo, durante la evaluación en segunda instancia, la CC2 determinó que el informe técnico presentado no demostraba de manera concreta que dichas fallas afectaran directamente las apuestas realizadas por el consumidor involucrado en el caso.

¿Por qué se confirmó la responsabilidad de la empresa?

La comisión indicó que La Tinka no logró acreditar que actuó con la diligencia y transparencia exigidas frente al usuario. Tampoco pudo sustentar que el bloqueo estuviera debidamente justificado ni que el cliente hubiera sido informado oportunamente sobre la medida adoptada.

Además, no se desvirtuó la responsabilidad por impedir el retiro de las ganancias que ya habían sido generadas conforme a las reglas de la plataforma.

¿Qué ordenó finalmente la Comisión de Protección al Consumidor?

Tras analizar los descargos, la CC2 del Indecopi resolvió confirmar tanto la multa como la medida correctiva dictadas en primera instancia. Esto implica que La Tinka debe:

  • Pagar la sanción económica impuesta.
  • Devolver al consumidor los S/23 810.69 retenidos.
  • Incluir los intereses legales correspondientes.

La resolución es de carácter público y forma parte de los pronunciamientos del Indecopi sobre la protección de los derechos de los usuarios en servicios digitales.

¿Qué entidad resolvió el caso?

El procedimiento fue tramitado por el Indecopi, a través del OPS 3 en primera instancia y la Comisión de Protección al Consumidor N.° 2 en segunda instancia, organismos encargados de velar por el cumplimiento del Código de Protección y Defensa del Consumidor en el país.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en actualidad y tendencias. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en Popular. Interesada en temas relacionados con actualidad nacional e internacional, virales en tendencia y más.

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