Bono escolaridad: ¿Cuándo se cobra? Banco de la Nación confirmó el cronograma de pagos
El cronograma oficial establece cuatro fechas distintas de pago para evitar aglomeraciones en el Banco de la Nación y agencias afiliadas.
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El pago del bono de escolaridad de S/ 400 para los trabajadores del sector público está a escasos días de ser pagado. De acuerdo con el cronograma oficial del Banco de la Nación, el depósito de este beneficio adicional se realizará a partir del miércoles 21 de enero, junto con el sueldo mensual correspondiente.

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Este ingreso extra, contemplado en la Ley de Presupuesto del Sector Público, se efectuará de forma escalonada y ordenada, según la entidad pública a la que pertenezca cada trabajador, y se extenderá hasta el lunes 26 de enero.

El Bono Escolaridad es equivalente a S/400
Fechas de pago del bono de escolaridad según sector
El calendario de desembolsos se distribuye en cuatro días, de la siguiente manera:
- Miércoles 21 de enero:
Educación (incluye universidades), Presidencia del Consejo de Ministros, Transportes y Comunicaciones, Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, Economía y Finanzas, Justicia, Gobiernos Regionales, Contraloría, Congreso de la República, Midagri y Energía y Minas.
- Jueves 22 de enero:
Interior, Desarrollo e Inclusión Social, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Defensoría del Pueblo y Relaciones Exteriores.
- Viernes 23 de enero:
Salud, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Cultura, Ambiente, Trabajo y Promoción del Empleo, y Reniec.
- Lunes 26 de enero:
Producción, Comercio Exterior y Turismo, ONPE, Fuero Militar Policial, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones y Tribunal Constitucional.
¿Quiénes reciben el bono de escolaridad?
No todos los trabajadores del Estado acceden a este beneficio. El bono de S/ 400 está dirigido a los siguientes regímenes:
- Servidores y funcionarios nombrados o contratados bajo los Decretos Legislativos N.º 276, la Ley N.º 29944 (Reforma Magisterial) y la Ley N.º 30512.
- Docentes universitarios comprendidos en la Ley Universitaria N.º 30220.
- Personal de salud regulado por el Decreto Legislativo N.º 1153.
- Obreros permanentes y eventuales del sector público.
- Miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
- Pensionistas del Estado bajo los regímenes de las Leyes N.º 15117, 19846, 20530, 28091, el Decreto Supremo N.º 051-88-PCM y el Decreto Legislativo N.º 1133.
En el caso del personal penitenciario y de los trabajadores públicos bajo régimen privado, el pago del bono se rige por normas específicas que regulan sus respectivas carreras.
Periodista especializada en temas sobre actualidad, policiales e internacionales. Egresada de la Universidad Jaime Bausate y Meza que forma parte del Grupo La República desde el 2017 en marcas como La República y Wapa.







