Bono Escolaridad para PERUANOS: Estos son los beneficiarios y los requisitos que debes cumplir para recibirlo

El Gobierno peruano entregará una bonificación económica a un importante sector de la población. Conoce en esta nota, todo los detalles.

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Bono Escolaridad para peruanos se pagará en junio 2025.
Bono Escolaridad para peruanos se pagará en junio 2025.Fuente: Composición El Popular | Nicole Gonzales

De acuerdo al Decreto Supremo Nº 002-2025-EF, publicado por el Ejecutivo en el mes de enero, se entregará el Bono por Escolaridad que asciende a un monto de 400 soles a cientos de peruanos. Sigue leyendo esta nota, porque te contaremos todos los detalles que necesitas saber.

Ten en cuenta que este pago se entregó en el mes de enero a la mayoría de trabajadores estatales mediante la planilla de pagos, según el cronograma de pagos el Banco de la Nación.

¿Quiénes recibirán el Bono por Escolaridad de junio 2025?

Si bien ya se les pagó a los trabajadores estatales, en el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el desembolso de la bonificación por escolaridad se abona, por única vez, en la planilla de pagos de junio 2025; sin embargo, deberán de cumplir ciertos requisitos para recibirlo. A continuación, los siguientes trabajadores lo recibirán:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276
  • También los de la Ley N° 29944
  • Los de la Ley N° 30512
  • Va también va para los docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220
  • El personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.
  • Los obreros permanentes y eventuales del Sector Público
  • El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú
  • Los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091
  • También los servidores penitenciarios perciben la Bonificación por Escolaridad de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria
  • Trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada perciben la Bonificación por Escolaridad, conforme al numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley N° 32185

Bono Escolaridad 2025: ¿Cuáles son los requisitos para cobrar?

Debes saber que los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, tienen el derecho a percibir el Bono por Escolaridad, siempre y cuando se cumpla con las siguientes condiciones:

  • Realizar labores efectivas en el mes de junio del presente año, o encontrarse en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista en el literal precedente. Si no cuenta con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

SOBRE EL AUTOR:

Licenciada en Periodismo, con conocimientos como Analista Digital y experiencia en Marketing Digital. Amante de la actualidad, sociedad y tendencias de salud y livestyle.

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