Bono Alimentario de S/270: Midis aprobó padrón y habrán más de 4 millones de beneficiarios

Este bono alimentario aprobado por el Midis, tiene la finalidad de ayudar a las personas en situación pobreza y pobreza extrema.

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Bono alimentario llegará a 2,5 millones de hogares, según el Midis.
Bono alimentario llegará a 2,5 millones de hogares, según el Midis.Fuente: LR. - Crédito: Composición: El Popular

¡Esta puede ser tu oportunidad! Con la finalidad de llegar a 4,2 millones de ciudadanos en situación de pobreza y pobreza extrema, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, decidieron aprobar el padrón de beneficiarios en esta segunda etapa del bono alimentario. Además, señalaron que el número de personas conformaría alrededor de 2,5 millones de hogares en el Perú.

¿Qué se sabe del bono alimentario?

  • Es posible que inicie en este mes de octubre.
  • No hay fecha confirmada.
  • Fue anunciado hace cuatro meses por el Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuerte alza de precios en la canasta básica.
  • Lo ratificó el presidente Pedro Castillo el 28 de julio.
  • Se esperaba que los pagos se hagan en septiembre.
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¿Por qué demoró en aprobarse el bono alimentario?

  • Debido a la focalización de las personas elegibles para que estén dentro del padrón.
  • El padrón de beneficiarios tuvo varios filtros para que se evite errores.
  • El Estado ya no quería dar el bono a personas que estaban económicamente estables como en anteriores ocasiones.

¿Quiénes accederán al bono alimentario?

  • Mayores de edad que estén en el Registro Nacional para medidas COVID-19.
  • Deberán ser considerados como pobres o pobres extremos, según el Sisfoh y los programas Juntos, Contigo y Pensión 65.
  • No deben recibir la subvención adicional extraordinaria que se pagó en agosto.
  • No tiene que registrar en planilla pública, privada a menos que sea pensionista, sobrevivientes y practicantes.
  • Su hogar no debe superar ingresos de S/ 1.025
  • Los únicos excluidos serán los que se encuentren en la base de datos de declaraciones juradas de autoridades y servidores públicos.

“Dicha restricción abarca a integrantes con cargo de congresista, alcalde o alcaldesa de una municipalidad distrital o provincial, regidores, gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, así como prefectos, subprefectos y tenientes gobernadores”, indicó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión.

SOBRE EL AUTOR:

Somos el equipo de actualidad de El Popular y tenemos las últimas noticias sobre el Gobierno de Pedro Castillo, el anuncio de nuevos bonos y cubrimos acontecimientos policiales de Lima y a nivel nacional.