Rafael López Aliaga violó la ley electoral al mostrar su voto EN VIVO y podría ir a prisión [VIDEO]

El candidato a la alcaldía de Lima por Renovación Popular infringió un artículo del Código Penal, el cual sanciona al elector que publicita el sentido de su voto en plena elección. 

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Elecciones 2022. Rafael López Aliaga vulneró un artículo del Código Penal al mostrar su voto en vivo.
Elecciones 2022. Rafael López Aliaga vulneró un artículo del Código Penal al mostrar su voto en vivo.Fuente: La República - Crédito: Composición: El Popular

Vulnerando la ley. El candidato de Renovación Popular para la alcaldía de Lima, Rafael López Aliaga, violó la ley electoral luego de mostrar en señal abierta el voto que emitió en estas elecciones regionales y municipales 2022, en un centro deportivo ubicado en el distrito de Miraflores.

Tal y como lo mostraron las cámaras de América Noticias, el aspirante a la Municipalidad de Lima tomó su cédula de votación y la mostró ante la prensa indicando que el logo de su agrupación política no se notaba claramente en comparación de sus contendores.

"La ‘R’ está despintada (…) El inconveniente ha sido que el logo se encuentra despintado. He llamado a la Fiscalía para que tome foto de la ocurrencia porque el logo nuestro se encuentra despintado como para que no se note", indicó López Aliaga ante la prensa.

Violación de la ley electoral

Cabe recordar que el artículo 358 del Código Penal indica que el “voto declarado públicamente en acto electoral” puede ser sancionado hasta con un año de cárcel y la prestación de servicio comunitario. Ello también lo precisó la Defensoría del Pueblo durante las elecciones presidenciales de 2021.

Además, también vulnera la Ley Orgánica de Elecciones, ya que atenta contra el derecho de sufragio y la libre información de la voluntad ciudadana.

¿Cuántos años le darían a Rafael López?

El artículo 358 del Código Penal indica que el “voto declarado públicamente en acto electoral” puede ser sancionado hasta con un año de cárcel y la prestación de servicio comunitario. Ello también lo precisó la Defensoría del Pueblo durante las elecciones presidenciales de 2021. Esto también vulnera la Ley Orgánica de Elecciones, debido a que atenta contra el derecho de sufragio y la libre información de la voluntad ciudadana.

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