SMP: condenan a 15 años de cárcel a un chofer que trasladó más de 100 kilos de droga

El Poder Judicial de Lima Norte encontró culpable contra Hermogines Beraun Tolentino por el delito de tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado.

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El Poder Judicial de Lima Norte condenó Hermogines Beraun Tolentino por tráfico ilícito de drogas
El Poder Judicial de Lima Norte condenó Hermogines Beraun Tolentino por tráfico ilícito de drogasCrédito: Corte Superior de Justicia de Lima Norte

El Poder Judicial de Lima Norte condenó a 15 años de pena privativa de la libertad contra Hermogines Beraun Tolentino, por trasladar más de 100 kilos de cocaína dentro de una camioneta en el distrito de San Martín de Porres.

El Segundo Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Lima Norte encontró culpable a Hermogines Beraun Tolentino por el delito de tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado.

Las juezas de colegiado, Elvia Canorio Pariona (presidenta y directora de debates), Zenaida Vilca Malpica y Ruth Ana Yalta Grández, le impusieron el pago de 400 mil soles de reparación civil a favor del Estado Peruano.

Según la acusación fiscal, el pasado 29 de marzo de 2021, la policía de patrullaje intervino un vehículo polarizado que era conducido por el sentenciado Hermogines Beraun y de copiloto Serafín Alvarez Illatopa..

Posteriormente, los efectivos policiales al inspeccionar el vehículo encontraron en la maletera ocho sacos de rafia que contenían paquetes de tipo ladrillo que al ser sometido al reactivo químico “Cobalthioc Anate Reagent” arrojó positivo para alcaloide de cocaína.

Seguidamente, se realizó el comiso e incautación de 105 paquetes que pesaban 104. 240 kg de la mencionada droga.

En el desarrollo del juicio, Beraun Tolentino aceptó su participación en el hecho ilícito, cuya responsabilidad penal se ha acreditado a través de los medios de prueba ofrecidos por la fiscalía.

Hermogines Beraún, actualmente se encuentran recluido en el establecimiento penitenciario Miguel Castro Castro, lugar donde purgaría condena hasta el 28 de marzo de 2036.

Por otro lado, el colegiado absolvió a Alvarez Illatopa, en razón de que, el Ministerio Público no ha probado la responsabilidad de este acusado con los medios de pruebas presentados en juicio, además, no se ha acreditado en forma directa su colaboración en el transporte, aunado a ello de los indicios que también pueden acreditar la responsabilidad se considera que no han cumplido con ser plurales, concordantes y convergentes.

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