Bono Buen Pagador 2022: conoce a cuánto ascendió el monto y quiénes serían beneficiarios
¡Mucha atención! El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha actualizado los rangos que comprende el apoyo que brinda el Bono del Buen Pagador.
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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento actualizó los rangos para el apoyo económico que entrega año a año el Bono del Buen Pagador a persona que quieren cumplir el sueño de la casa propia. En este 2022, el monto máximo a recibir es de S/ 25 700. La ayuda económica que brinda este Nuevo Crédito MiVivienda está dirigido a personas con buen historial crediticio y además busca beneficiar al sector de dicha cartera Ministerial.
PUEDES VER: Bono Buen Pagador de 25,700: ¿desde cuándo estará disponible y quiénes serían los beneficiarios?
Cabe destacar que este Bono del Buen Pagador es un subsidio que no es reembolsable. El dinero a entregar dependerá mucho del precio del inmueble que se debe adquirir. En esta nota te daremos a conocer a cuánto ascendió el monto a recibir, así como quiénes serán los beneficiarios.
¿A cuánto ascendió el Bono del Buen Pagador?
El Bono del Buen Pagador ha variado para este 2022. El monto máximo a recibir es de S/ 25 700. A continuación te explicamos cómo varió los rangos a considerar.
PRECIO DE VIVIENDA | MONTO DEL NUEVO CRÉDITO MIVIVIENDA |
Desde S/ 65 200 hasta S/ 93 100 | S/ 25 700 |
Desde S/ 93 101 hasta S/ 139 400 | S/ 21 400 |
Desde S/ 139 401 hasta S/ 232 200 | S/ 19 600 |
Desde S/ 232 201 hasta S/ 343 900 | S/ 7 300 |
¿Quiénes serán beneficiarios del Bono del Buen Pagador?
A continuación te detallamos quiénes serán las personas que podrán acceder al Bono del Buen Pagador del Ministerio de Vivienda.
- Ser persona natural que reside en el Perú. También aplica para los peruanos residentes en el extranjero.
- No ser propietario o copropietario de otra vivienda en el país.
- Debes haber sido calificado como sujeto de crédito por alguna institución financiera.
- Tanto el solicitante como su cónyuge o conviviente no debe haber adquirido una vivienda financiada por el Fondo MiVivienda.
- Debe contar con una cuota inicial de al menos 7.5 % del valor de la vivienda.
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