Piura: por primera vez eligen a una mujer como presidenta de la Corte Superior de Justicia
La jueza superior Cecilia Izaga Rodríguez asume el cargo tras la renuncia irrevocable al cargo del magistrado Tulio Villacorta Calderón.
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En una democrática votación, por mayoría, los jueces superiores titulares de la Corte Superior de Justicia de Piura eligieron a la jueza superior Cecilia Izaga Rodríguez como nueva presidenta de la institución desde hoy hasta el 31 de diciembre del 2022.
La magistrada Cecilia Izaga Rodríguez es jueza superior titular de Piura desde el 11 de septiembre de 2009; durante su carrera en la magistratura se ha desempeñado como presidenta de la Sala Laboral Permanente de Piura y presidenta del Jurado Electoral Especial Piura 2 durante las Elecciones Generales del 2021.
Izaga Rodríguez asume la Presidencia de la Corte Superior de Piura ante la renuncia irrevocable al cargo presentada por el juez superior Tulio Villacorta Calderón.
De esta manera, en los 147 años que tiene la Corte Superior de Piura, por primera vez la institución estará dirigida por una jueza superior.
De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, el/la presidente/a de la Corte Superior tiene las siguientes atribuciones y obligaciones: representar al Poder Judicial en su respectivo distrito judicial, así como convocar, presidir y dirigir las Salas Plenas y las sesiones del Consejo Ejecutivo Distrital, con voto dirimente en ambos casos.
También tiene como función dirigir la aplicación de la política del Poder Judicial en su distrito judicial en coordinación con el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; cautelar la pronta administración de justicia, así como el cumplimiento de las obligaciones de los magistrados de su jurisdicción.
Además, debe supervisar la asistencia y puntualidad de los magistrados, ejecutar los acuerdos de la Sala Plena y del Consejo Ejecutivo Distrital, conformar las Salas de acuerdo al criterio de especialización, coordinar y supervisar el cumplimiento de las labores del Consejo Ejecutivo Distrital, y ejercer las demás atribuciones que le confieren las leyes y los reglamentos.
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